Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 67 Miercoles, 03 de abril de 1996 Pág. 3.109

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE OZA DOS RÍOS

BASES que regirán la convocatoria para provisión en propiedad, por promoción interna, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de administrativo de Administración general de este ayuntamiento.

Primera.-Objeto.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por promoción interna, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza de admi

nistrativo de administración general de este ayuntamiento, incluida en la oferta de empleo público de 1994. La plaza está encuadrada en la escala de administración general, subescala administrativa, perteneciente al grupo C, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

La convocatoria se publicará íntegramente en el BOP y en el Diario Oficial de Galicia, anunciándose extracto de ella en el Boletín Oficial del Estado. Los anuncios sucesivos se publicarán solamente en el BOP.

Segunda.-Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos, referidos a la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias:

a) Pertenecer a la subescala de auxiliares de administración general de este ayuntamiento.

b) Estar en posesión del título de bachiller superior, formación profesional de segundo grado o equivalente.

c) Tener una antigüedad de por lo menos dos años en la subescala de auxiliares de administración general de este ayuntamiento.

Tercera.-Solicitudes.

Las instancias por las que se solicita tomar parte en las pruebas selectivas se dirigirán al alcalde y se presentarán en el registro general del ayuntamiento, durante el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las instancias podrán también presentarse en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En las instancias se hará constar expresamente que el solicitante reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria.

Asimismo, junto con la instancia, los interesados presentarán la documentación acreditativa de los méritos que se valorarán en la fase de concurso, y resguardo de haber abonado los derechos de examen, que se fijan en 1.500 pesetas.

Cuarta.-Admisión de aspirantes.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, la alcaldía-presidencia aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, que se publicará en el BOP y en el tablón de anuncios del ayuntamiento, concediendo un plazo de diez días a efectos de reclamaciones. Si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la resolución que apruebe la lista definitiva, que será asimismo publicada en la forma indicada.

Quinta.-Tribunal calificador.

El tribunal que juzgue las pruebas estará compuesto del siguiente modo:

Presidente: el alcalde de la corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: el de la corporación o funcionario en quien delegue.

Vocales:

Un representante de la Xunta de Galicia.

Un representante del cuerpo de funcionarios con habilitación de carácter nacional nombrado por el colegio provincial.

Un funcionario de carrera nombrado por el presidente de la corporación.

La designación de los miembros del tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes, y se hará pública en el BOP y en el tablón de anuncios del ayuntamiento, a efectos de recusación.

El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de por lo menos tres de sus miembros, titulares o suplentes. En todo caso, se requiere la asistencia del presidente y del secretario o de las personas en las que deleguen.

Sexta.-Comienzo y desarrollo de las pruebas.

Las pruebas selectivas no podrán dar comienzo hasta que transcurran dos meses desde la fecha de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El día, hora y lugar de celebración del concurso y la oposición se anunciará en el BOP. La publicación de los sucesivos anuncios la hará el tribunal en el tablón de anuncios del ayuntamiento.

Séptima.-Sistema de selección.

La selección se hará mediante concurso-oposición. La fase de concurso será previa a la de oposición.

a) En la fase de concurso se valorarán los méritos presentados por los aspirantes, hasta un máximo de 10 puntos, según el siguiente baremo:

1. Antigüedad: por cada año completo de servicio en el grupo de origen, 0,25 puntos, hasta un máximo de 3 puntos.

2. Titulaciones académicas: estar en posesión de alguna titulación superior a la exigida para participar en las pruebas, 2 puntos.

3. Conocimientos informáticos: cursos de informática para funcionarios de la Administración local, impartidos por organismos oficiales sobre sistema operativo UNIX, tratamiento de textos Q-ONE, aplicación GIALIX o cualquier otro curso de informática, 1 punto por curso, hasta un máximo de 4 puntos.

4. Conocimiento de la lengua gallega: curso de iniciación y perfeccionamiento para funcionarios de Administración local, 0,5 puntos por curso, hasta un máximo de 1 punto.

b) Fase de oposición: consistirá en la realización de los siguientes ejercicios:

1. Contestar por escrito, en el plazo máximo de dos horas, un cuestionario de preguntas basadas en el contenido del programa anexo.

2. Realización, en el plazo máximo de una hora, de uno o varios supuestos prácticos, propuestos por el tribunal, en relación con el programa anexo y que podrán consistir en ejercicios de carácter informático.

Octava.-Calificación.

Los ejercicios serán obligatorios y eliminatorios. Se calificarán hasta un máximo de 10 puntos cada uno de ellos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlos. El número de puntos que podrá otorgar cada miembro del tribunal será de 0 a 10,

y la calificación de cada aspirantes será el resultado de dividir por el número de componentes del tribunal la suma de los puntos obtenidos. La calificación definitiva vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

Novena.-Relación de aprobados, presentación de documentación y nombramiento.

Finalizadas las pruebas, el tribunal publicará la relación de aprobados, que no podrá ser superior al número de plazas convocadas, y elevará a la presidencia de la corporación propuesta de nombramiento en favor del aspirante que obtenga mayor puntuación una vez realizada la valoración del concurso-oposición.

El aspirante propuesto presentará en la secretaría del ayuntamiento, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, la documentación acreditativa de reunir los requisitos señalados en la base segunda.

Décima.-Toma de posesión.

Una vez aprobada la propuesta de nombramiento, el opositor nombrado tomará posesión de su cargo en el plazo de treinta días hábiles, contados desde el siguiente al que le fuera notificado el nombramiento. En caso contrario, sin que mediara causa justificada, quedará en situación de cesante.

Undécima.-Incidencias.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación del tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El tribunal queda facultado para resolver las dudas que pudieran presentarse y adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso-oposición, en aquellos aspectos no previstos en las presentes bases.

Para lo no previsto en la convocatoria, será de aplicación lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, R.D.L. 781/1981, de 18 de abril, Ley 30/1984, de 2 de agosto, Reglamento general de ingreso en la Administración pública y demás disposiciones concordantes de aplicación.

ANEXO

PROGRAMA DE TEMAS

Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios generales.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo.

Tema 3. La organización territorial del Estado en la Constitución.

Tema 4. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia.

Tema 5. Las Cortes Generales. Composición, atribuciones y funcionamiento.

Tema 6. El poder judicial en la Constitución. La organización judicial española.

Tema 7. La Administración central del Estado. El presidente del Gobierno. El Consejo de Ministros. La Administración periférica del Estado.

Tema 8. Las comunidades autónomas. Constitución y competencias. Los estatutos de autonomía.

Tema 9. La Comunidad Autónoma de Galicia. El Estatuto de autonomía. La Administración autonómica: organización y estructura básica.

Tema 10. Las fuentes del derecho administrativo. Sometimiento de la Administración a la ley y al derecho. La ley: clases.

Tema 11. El reglamento: clases. Otras fuentes del derecho administrativo.

Tema 12. El procedimiento administrativo. Principios generales. Dimensión temporal: días y horas hábiles, cómputo de plazos. Recepción y registro de documentos.

Tema 13. Fases de procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. Loss actos presuntos.

Tema 14. El acto administrativo. Concepto, clases y elementos.

Tema 15. La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. Validación. Revisión de oficio.

Tema 16. Los recursos administrativos. Clases. Recursos ordinarios y de revisión. Las reclamaciones económico-administrativas.

Tema 17. El administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas. El principio de audiencia al interesado.

Tema 18. Las formas de actividad administrativa. El fomento. La policía.

Tema 19. La intervención administrativa en la propiedad privada. La expropiación forzosa.

Tema 20. El régimen local español. Principios constitucionales y regulación actual. La autonomía local.

Tema 21. La provincia en el régimen local. Organización provincial. Competencias.

Tema 22. El municipio. El término municipal. Empadronamiento municipal.

Tema 23. La organización municipal. El ayuntamiento: el alcalde, el pleno, la comisión de gobierno y comisiones informativas. Competencias.

Tema 24. Estructuras supramunicipales. Las mancomunidades de ayuntamientos. La comarca.

Tema 25. Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales. Procedimiento de elaboración y aprobación. Los bandos. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos locales.

Tema 26. El procedimiento administrativo en la esfera local. Registro de entrada y salida de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 27. Las formas de actividad de las entidades locales. La intervención administrativa en la actividad privada. Régimen jurídico de las licencias.

Tema 28. Los bienes de las entidades locales. Regulación. Concepto y clasificación. El dominio público local.

Tema 29. El patrimonio de las entidades locales. Conservación y tutela de los bienes.

Tema 30. El servicio público. Los modos de gestión.

Tema 31. La contratación administrativa en la esfera local.

Tema 32. La función pública local. Cuadros de personal y relaciones de puestos de trabajo. La oferta de empleo público. La selección de los funcionarios de la corporación.

Tema 33. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Régimen económico. La Seguridad Social de los funcionarios locales. Referencia al persoal laboral.

Tema 34. La hacienda local. Ordenanzas fiscales. Clasificación de los ingresos.

Tema 35. Los presupuestos locales. Concepto y estructura. Formación y aprobación. Las modificaciones presupuestarias.

Tema 36. Régimen jurídico del gasto público local. Ordenación de gastos y orden de pagos, órganos competentes. Documentos contables.

Tema 37. Control y fiscalización de la gestión económica. Control interno y control externo. La cuenta general: estados y anexos que la forman. Aprobación.

Tema 38. Libros de contabilidad. Obligatoriedad y requisitos. La apertura de la contabilidad.

Tema 39. El planeamiento urbanístico. Clases de planes. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 40. Intervención en la edificación y uso del suelo. La licencia urbanística. Protección de la legalidad urbanística. Infracciones urbanísticas.

Oza dos Ríos, 29 de noviembre de 1995.

José Ramón Peón Pérez

Alcalde

1986