De conformidad con dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a las personas que en el anexo se mencionan, las resoluciones de dichos expedientes, por infracción a la Ley 7/1992, de 24 de julio, sobre pesca fluvial.
Contra dicha resolución, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 al 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de esta publicación, podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes. Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que este fuese presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.
El importe de la sanción, así como el de la indemnización, se hará efectivo dentro del plazo de un mes contando desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta nº 311-152-115/8 de la Caixa de Galicia (2091), oficina principal de Lugo (152). De no hacerlo dentro del plazo señalado se procedera a su cobro por la vía de apremio.
Para proceder al abono de la sanción, deberá utilizar los impresos normalizados, que le serán facilitados en la Delegación Provincial de Lugo, Ronda da Muralla.
Lugo, 22 de febrero de 1996.
José Ramón Molinero Senovilla
Delegado provincial de Lugo
ANEXO
-Expediente nº: P-194/1995.
Denunciado: Carlos López Franjo.
Dirección: A Lagoa-Moreda; Monforte de Lemos-Lugo.
Hecho denunciado: entorpecer las servidumbres de paso por las riberas y márgenes del río establecidas en beneficio o para uso de los pescadores, construyendo un muro de ladrillo. Hechos constatados el 28-4-1995 en el río Carboeiro-Moreda-Monforte.
Precepto sancionador: 34.27º.
Cualificación: menos grave.
Sanción: 50.001 pesetas de multa, un año de inhabilitación para obtener la Licencia de Pesca, y además deberá proceder a dejar el paso expédito para uso de los pescadores.
-Expediente nº: P-241/1995.
Denunciado: Amancio dos Santos.
Dirección: Campo da Feira, 11; Sarria-27600, Lugo.
Hecho denunciado: pescar con caña, el día 18-6-1995 en Ponte Areas, careciendo de la correspondiente licencia.
Precepto sancionador: 34.1º.
Cualificación: menos grave.
Sanción: 50.001 pesetas de multa y un año de inhabilitación para obtener la licencia de pesca.
9601769