Dentro de los programas de actividades que la Academia Gallega de Seguridad tiene previsto realizar durante el año 1996 de forma descentralizada, y conforme a las funciones atribuidas por la Ley 4/1992, de 9 de abril, de creación de la Academia Gallega de Seguridad, se anuncia la celebración de 3 cursos sobre la reforma del Código penal, que deberán desarrollarse de acuerdo con las siguientes bases:
-Objetivos.
Los cursos tienen por objetivos actualizar a los policías en el conocimiento del Código penal.
-Destinatarios.
Los cursos van dirigidos a los miembros de los Cuerpos de las policías locales de Galicia, y a los miembros de la Unidad del C.N.P. adscrita a la Comunidad Autónoma de Galicia.
-Inscripción.
La inscripción de los participantes será totalmente gratuíta.
-Plazas.
El número de plazas que se ofertarán en este curso será de 50.
-Solicitudes.
1. Las personas que deseen participar en estos cursos deberán presentar, cubierta a máquina o con letra muy clara, la instancia que figura en el anexo, acompañada de una fotocopia del DNI y del carnet profesional.
2. El plazo para la presentación de instancias terminará a las 14 horas, en las siguientes fechas:
Primer curso: el día 15 de abril.
Segundo curso: el día 13 de mayo.
Tercer curso: el día 3 de junio.
3. Las instancias deberán venir firmadas por el jefe de la plantilla y selladas, será requisito indispensable para ser admitido en los cursos; el incumplimiento de este requisito conllevará la no admisión en el citado curso.
4. Las instancias deberán enviarse a la sede de la Academia Gallega de Seguridad: calle de Madrid, 2-4 Polígono de As Fontiñas, 15703, Santiago de Compostela, o bien pueden entregarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
-Contenido y duración..
Los cursos se celebrarán en sesiones de tarde, de lunes a viernes, y en ellos se tratarán, entre otros, los seguientes temas:
Parte general:
Principios básicos inspiradores de la reforma.
Delitos y penas. Las medidas de seguridad.
Período transitorio.
Parte especial:
1. La protección de la vida y la integridad física.
2. Los delitos contra la libertad (referencia especial a los delitos relacionados con la libertad sexual).
3. Los delitos contra el derecho al honor, la intimidad, la propia imagen o la dignidad humana relacionados con la difusión de ideas, opiniones o información.
4. Los delitos relacionados con la actividad de los funcionarios públicos.
5. Los delitos contra el medio ambiente y la seguridad colectiva.
6. Los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico.
7. Los delitos relacionados con la seguridad del tráfico (conducción temeraria, negativa del conductor a realizar la prueba de alcoholemia y conducción bajo los efectos de las drogas o alcohol).
-Profesorado.
Los cursos serán impartidos por los profesores del departamento de Derecho penal de la Universidad de Santiago.
-Fechas.
Los cursos se celebrarán en las siguientes fechas:
Primer curso: del 22 al 26 de abril.
Segundo curso: del 27 al 31 de mayo.
Tercer curso: del 24 al 28 de junio.
El horario será de 16 a 20 horas de la tarde.
-Relación de admitidos.
La relación de admitidos se publicará en las siguientes fechas:
Primer curso: el día 17 de abril.
Segundo curso: el día l5 de mayo.
Tercer curso: el día 10 de junio.
Esta relación se publicará en el tablón de anuncios de la Academia Gallega de Seguridad, o bien pueden confirmar la asistencia llamando al teléfono (981) 56 34 00.
-Lugar.
Los cursos se celebrarán el el salón de actos de la Dirección General de Seguridad, sita en la calle Roma s/n en Santiago de Compostela (Sede de la Uni
dad del C.N.P. adscrita a la Comunidad Autónoma de Galicia).
-Certificado de asistencia.
Al finalizar cada curso se entregará un certificado de asistencia a aquellas personas que acrediten su asistencia continuada al mismo, no pudiendo superar las faltas de asistencia un 15% del total de la duración de horas lectivas del curso; una no asistencia superior al 15%, aún cuando esté justificada, conllevará la no expedición del certificado.
-Modificaciones.
La Academia Gallega de Seguridad podrá modificar el desarrollo normal de los cursos para adaptarlos a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.
Santiago de Compostela, 13 de marzo de 1996.
Juan José Fariñas-Ferro Rodríguez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad
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