Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 66 Martes, 02 de abril de 1996 Pág. 3.024

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 1996, de la Dirección General de Ordenación Educativa y Centros, por la que se autoriza la ampliación de una unidad del segundo ciclo de educación infantil al centro privado Padre Feijoo-Zorelle de Ourense.

Examinado el expediente incoado por la titularidad del centro privado Padre Feijoo-Zorelle de Ourense en el que solicita la ampliación de una unidad de una unidad del 2º ciclo de educación infantil en dicho centro.

Resultando que el expediente ha sido tramitado por la Delegación Provincial de Educación y Ordenación Universitaria de Ourense que lo envía con los informes emitidos por la Inspección de Educación, por la Unidad Técnica.

Vistos la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo (BOE del 4), el Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), el Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22), la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) y demás disposiciones complementarias.

Considerando que el mencionado centro privado tiene autorización o clasificación definitiva para impartir educación preescolar.

Considerando que el Real decreto 1004/1991 establece, en su disposición transitoria tercera, que los centros privados que tengan autorización o clasificación definitiva para impartir la educación preescolar, a la entrada en vigencia de este real decreto, se entienden autorizados para poder impartir el segundo ciclo de educación infantil, supuesto que se da en el centro solicitante.

Considerando que la disposición transitoria quinta del mencionado real decreto, en su apartado 3, obliga a los centros de educación preescolar que tengan autorización definitiva para una o dos unidades a completar las unidades necesarias para impartir el segundo ciclo completo de educación infantil.

Esta dirección general, ha resuelto:

Autorizar la ampliación de una unidad del segundo ciclo de educación infantil al centro privado que se relaciona en el anexo de la presente resolución, haciendo constar que, para la puesta en funcionamiento de la misma, la titulación del profesorado deberá ajustarse a lo establecido en el Real decreto 1004/1991.

Santiago de Compostela, 6 de marzo de 1996.

Luis Framil Álvarez

Director general de Ordenación Educativa y Centros

ANEXO

Provincia de Ourense.

Municipio: Ourense.

Localidad: Ourense.

Dirección: Doctor Fleming, 21.

Denominación: Padre Feijoo-Zorelle.

Titular: Colegio Padre Feijoo Zorelle, S.L.

Nivel: educación infantil 2º ciclo.

Unidades de que constaba: 2.

Unidades nuevas autorizadas: 1.

Total de unidades autorizadas: 3.

9602281