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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 63 Jueves, 28 de marzo de 1996 Pág. 2.911

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE FAMILIA, MUJER Y JUVENTUD

ORDEN de 23 de febrero de 1996 por la que se convoca la VII Muestra Gallega de Coros Polifónicos Juventud-96.

El Real decreto 2434/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de cultura, especifica en su anexo I.B.3.h que aquélla asume las competencias de promoción y organización de actividades de animación socio-cultural en el ámbito artístico, artesanal, turístico y de aire libre, dirigidas a los sectores de la juventud, infancia, tercera edad y sectores marginados.

En este marco competencial, el ámbito cultural y artístico en lo que respecta a la juventud es compartido conjuntamente por las consellerías de Familia, Mujer y Juventud que, a través de la Dirección General de Juventud, desarrolla el programa Fomento de la actividad juvenil, figurando entre sus objetivos básicos promocionar la actividad cultural y artística entre nuestra juventud, y la Consellería de Cultura, a través de su Dirección General de Cultura, que tiene entre otras funciones la de colaborar en el desarrollo del teatro, la danza, artes líricas y de la imagen, así como la promoción de las artes plásticas y populares, de acuerdo con el Decreto 2/1994, de 13 de enero, y el Decreto 49/1994, de 4 de febrero, por los que, respectivamente, se establece la estructura orgánica de cada una de dichas consellerías.

Por lo expuesto, la Consellería de Familia, Mujer y Juventud, consciente de la importancia que tiene facilitar vías por las que pueda manifestarse la actividad e inquietud artística individual y colectiva de la juventud gallega, y contando con la colaboración de la Consellería de Cultura dada la naturaleza de las actividades a realizar, convoca una serie de certámenes, concursos y muestras que abarcan un amplio abanico de manifestaciones de carácter artístico y artesanal y que constituyen el programa Certámenes y Muestras Juventud-96.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo 1º

La Consellería de Familia, Mujer y Juventud convoca la VII Muestra Gallega de Coros Polifónicos Juventud-96, según las bases que se establecen en el anexo I de esta orden, donde se regulan los aspectos relativos a la participación, condiciones generales que van a regir en la respectiva convocatoria, inscripciones, desarrollo, premios y jurado.

Artículo 2º

La muestra objeto de la presente convocatoria se desarrollará a través de las delegaciones provinciales de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud con la colaboración de las delegaciones provinciales de la Consellería de Cultura.

Artículo 3º

Las actividades que conlleven el desarrollo de esta muestra serán costeadas con cargo a la aplicación presupuestaria 14.03.355B.640.1 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 1996.

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta al director general de Juventud para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones precisas para el desarrollo de esta orden.

Segunda.-La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 23 de febrero de 1996.

Manuela López Besteiro

Conselleira de Familia, Mujer y Juventud

ANEXO I

VII Muestra Gallega de Coros Polifónicos Juventud-96

I.-Participantes

Todos los grupos o coros polifónicos que lo soliciten, formados por jóvenes gallegos o residentes en Galicia, con un máximo de 40 compoñentes.

II.-Condiciones generales

1.-La muestra tendrá carácter convivencial y no competitivo.

2.-Los componentes de los coros tendrán entre 15 y 30 años cumplidos en el año 1996. Solamente podrán rebasar estas edades el 10 % de los componentes totales del coro.

3.-Los temas presentados serán tres y tendrán que respetarse en la actuación de la fase final, en el caso que se acceda a ella. Se enviará unha cinta casette ou casettes indicando los títulos dentro de un sobre cerrado. En el exterior del sobre deberá figurar el lema del grupo y los títulos de los temas.

En otro sobre cerrado se presentará el boletín de inscripción que se indica en el anexo III junto con una fotocopia del DNI por ambas caras de cada uno de los componentes del coro, debiendo figurar en su exterior el lema del grupo.

4.-La Dirección General de Juventud se reservará para sí el derecho a editar o difundir las obras musicales que sean seleccionadas para la fase final.

III.-Inscripciones

Las solicitudes deberán formularse en el impreso normalizado que se indica en el anexo II y se dirigirán al director general de Juventud.

Los grupos o coros deberán presentar las solicitudes junto con los sobres cerrados en el Servicio de Juventud de la Delegación de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud de la provincia a la que pertenezca, que podrá ser en la:

C/Ronda de Fingoi, s/n- 27002 Lugo

Avda. da Habana, 81- bajo- 32004 Orense

C/ Durán Loriga, 9- 1º- 15003 A Coruña

C/ Benito Corbal, 47- 2º- 36001 Pontevedra

o se enviarán por correo certificado, antes del 8 de octubre de 1996.

IV.-Organización

La Delegación Provincial de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud de Pontevedra supervisará la presente muestra.

V.-Desarrollo

El jurado seleccionará los grupos o coros que considere de más calidad, hasta un máximo de seis. Para actuar en la fase final, cada grupo dispone de un tiempo máximo de 15 minutos. La fase final tendrá lugar en el Auditorio Municipal de Lalín (Pontevedra) el día 9 de noviembre de 1996.

VI.-Premios

Se establecen los premios y ayudas siguientes:

Premios: 60.000 pesetas, trofeo y diploma para cada uno de los seis coros seleccionados para la fase final.

Ayudas: los gastos de transporte y manutención serán por cuenta de la organización.

La organización invitará a una cena de convivencia a los finalistas el día de la fase final.

VII.-Jurado

Será nombrado por el director general de Juventud y por el director general de Cultura y estará compuesto por personas cualificadas en el campo de la polifonía, recayendo la Secretaría en un funcionario e la Delegación Provincial de la Consellería de Familia, Mujer y Juventud de Pontevedra.

La decisión del jurado será irrecurrible.

96-2249