La Ley 31/91, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 6, señala la obligación de que los precios privados sean publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato y después de emitido el preceptivo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, esta Consellería,
DISPONE:
Artículo único.
1. Quedan aprobados los precios de venta al público de las publicaciones que se relacionan en el anexo.
2. Estos precios se entenderán con IVA incluido.
Santiago de Compostela, 5 de marzo de 1996.
Manuela López Besteiro
Conselleira de Familia, Mujer y Juventud
ANEXO
-Guía de técnicas, estrategias y recursos para la busca de empleos: 2.000 ptas.
-Promoción del empleo: 2.000 ptas.
-Otoño fotográfico: 1.000 ptas.
-La mujer gallega en el mercado de trabajo.
Una perspectiva de 1985 a 1994: 1.600 ptas.
-Situación socio-económica de las mujeres separadas en Galicia: 1.500 ptas.
-Memoria 95, Consellería de Familia, Mujer y Juventud: 3.000 ptas.
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