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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 59 Viernes, 22 de marzo de 1996 Pág. 2.706

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 1996, de la Dirección General de Industria, por la que se somete a información pública el proyecto de autorización de instalaciones de gasificación del noroeste: red de Ferrol, promovido por la empresa Enagás, S.A.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 10/1987, de 15 de junio, de disposiciones básicas para un desarrollo coordinado de actuaciones en materia de combustibles gaseosos, Reglamento general del servicio público de gases combustibles, aprobado por Decreto 2913/1973, de 26 de octubre, artículos 39 de la Ley de procedimiento administrativo y 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, artículos 17 de la Ley de expropiación forzosa y 56 de su reglamento, texto refundido de la Ley sobre el régimen del suelo y ordenación urbana, aprobado por Real decreto legislativo 1/1992, de 26 de junio, Ley 11/1985, de 22 de agosto, de adaptación de la del suelo a Galicia y demás normativa específica de aplicación y a los efectos previstos en el acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 6 de mayo de 1993, por el que se designa a la Consellería de Industria y Comercio como órgano competente por razón de la

materia para la tramitación de la unidad de expediente y resolución única del procedimiento, se somete a información

pública el proyecto de autorización de instalaciones gasificación del noroeste: red de Ferrol, para la distribución de gas natural para usos industriales, declarado de utilidad pública por el artículo 10 de la citada Ley 10/1987.

Peticionario: Enagás S.A., con domicilio social en Madrid, Avda. de América, nº 38, titular de la concesión administrativa otorgada por orden del conselleiro de Industria y Comercio, de 12 de marzo de 1993, para la prestación del servicio público de conducción y suministro de gas natural para usos industriales en diversos términos municipales de la provincia de A Coruña, entre otros Ferrol, Narón, Neda y Fene.

Objeto de petición: autorización de las instalaciones contempladas en el proyecto red de Ferrol, para la conducción y suministro de gas natural para usos industriales.

Descripción de las instalaciones:

La red de Ferrol tiene su origen a unos 600 m al oeste de la carretera C-113, dividiéndose en dos ramales. El R-1, que tomando dirección sur finaliza en la empresa nacional de Bazán, y el R-2, cuyo trazado discurre hacia el este, finalizando en Astano.

La longitud total del ramal, es de 20.825 m de 10'', 8'', 6'', 4'' y 2'' de diámetro (16 bars), fabricada según la especificación básica API-5L-GrB.

Municipios afectados:

Narón (7.778 m), Ferrol (5.713 m), Neda (4.472 m) y Fene (2.862 m).

Presupuesto: trescientos ochenta y siete millones quinientas cincuenta y nueve mil quinientas noventa y seis pesetas (387.559.596 pesetas).

Afección a fincas particulares:

Uno.-Expropiación en pleno dominio de los terrenos sobre los que se han de construir las instalaciones fijas en superficie.

Dos.-Para las canalizaciones:

a) Imposición de servidumbre permanente de paso, en una franja de terreno de 2 metros de ancho, a lo largo del gasoducto, por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que se requieran para la conducción del gas y que estará sujeta por razones de seguridad a las siguientes limitaciones del dominio:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a 50 cm, así como de plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a 2 m a contar del eje de la tubería.

2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obras o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una distancia inferior a 5 m del eje del trazado, a uno y otro lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije el órgano competente de la Administración.

3. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

4. Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras en superficie o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

b) Ocupación temporal como necesidad derivada de la ejecución de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación y en la que se hará desaparecer todo obstáculo.

Tres.-Para el paso de cables de conexión y elementos dispersores de protección catódica:

a) Imposición de servidumbre permanente de paso en una franja de terreno de 1 m de ancho a cada lado del eje de la zanja, por donde discurrirán enterrados los cables de conexión y elementos dispersores de protección catódica, que estará sujeta a las siguientes limitaciones:

-Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a 50 cm.

-Prohibición de plantar árboles o arbustos así como el derecho a talar o arrancar los árboles o arbustos que hubiera a distancia inferior a 1,5 m a cada lado del eje de las instalaciones.

-Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, construcción o edificación en una franja de 3 m de anchura, 1,5 m a cada lado del eje de las instalaciones.

-Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

b) Ocupación temporal, como necesidad derivada de la ejecución de las obras, de la zona que refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación, y en la que se podrá hacer desaparecer todo obstáculo, así como realizar las obras necesarias para el tendido y montaje de las instalaciones y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas para dichos fines.

El proyecto incluye planos parcelarios y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

Lo que se hace público para conocimiento general y para que todas aquellas personas naturales o jurídicas que se consideren perjudicadas en sus derechos puedan presentar sus alegaciones, en el plazo de 20 días a partir de la fecha de publicación de este anuncio, en la Dirección General de Industria, edificio San Caetano, en Santiago de Compostela, y en la delegación provincial de esta consellería en A Coruña, Edif. Servicios Múltiples, 1ª planta, Monelos, donde pueden examinar el proyecto.

Santiago de Compostela, 27 de febrero de 1996.

Joaquín del Moral Crespo

Director general de Industria

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados

Proyecto: gasificación del noroeste. Red de FerrolProvincia: A CoruñaMunicipo: Ferrol

Abreviaturas utilizadas: SE-expropiación en dominio, SP-servidumbre de paso, OT-ocupación temporal

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados

Proyecto: gasificación del noroeste. Red de FerrolProvincia: A CoruñaMunicipo: Narón

Abreviaturas utilizadas: SE-expropiación en dominio, SP-servidumbre de paso, OT-ocupación temporal

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados

Proyecto: gasificación del noroeste. Red de FerrolProvincia: A CoruñaMunicipo: Neda

Abreviaturas utilizadas: SE-expropiación en dominio, SP-servidumbre de paso, OT-ocupación temporal

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados

Proyecto: gasificación del noroeste. Red de FerrolProvincia: A CoruñaMunicipo: Fene

Abreviaturas utilizadas: SE-expropiación en dominio, SP-servidumbre de paso, OT-ocupación temporal

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