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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 57 Miercoles, 20 de marzo de 1996 Pág. 2.575

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

PARLAMENTO DE GALICIA

RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 1996 por la que se hacen públicas la convocatoria y las bases de la oposición para la provisión de una plaza de telefonista del Parlamento de Galicia.

En la oferta de empleo público elaborada en el año 1992 y desarrollada en los años subsiguientes, se aplicó la cota de reserva de vacantes para personas con discapacidad igual o superior al 33%, dando de esta forma cumplimiento a lo establecido en la disposicióna dicional séptima de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, de la función pública de Galicia.

De las 31 plazas convocadas y cubiertas a través de las correspondientes pruebas selectivas, queda pendiente de provisión el puesto de trabajo de telefonista, grupo E, nivel 12, que se reservó a oposición entre personas que reúnan la condición legal de minusválidas o discapacitadas.

Por lo tanto, y vigente la Ley de presupuestos generales para la Comunidad Autónoma correspondiente al ejercicio 1996, se dispone la publicación de la convocatoria y las bases de la referida vacante para su provisión.

Santiago de Compostela, 14 de febrero de 1996.

Victorino Núñez Rodríguez

Presidente del Parlamento de Galicia

Convocatoria y bases de la oposición para la provisión de una plaza de telefonista del Parlamento de Galicia.

Creada, por ampliación, una plaza de telefonista en la plantilla de personal del Parlamento de Galicia, la Mesa del Parlamento, de conformidad con lo previsto en los artículos 30.1º.2 y 60.3º de su Reglamento y 57 del Estatuto de personal, aprobó, en reunión celebrada el día 28 de noviembre de 1995, la convocatoria de pruebas selectivas para su provisión con sujeción a las siguientes,

BASES

Primera.-Normas generales.

1.1. Número y características de la plaza.

Se convocan pruebas selectivas mediante oposición para cubrir una plaza en propiedad de telefonista de esta institución autonómica, integrada en el grupo E, de subalternos, y reservada a minusválidos.

La plaza está dotada con las retribuciones básicas y complementarias correspondientes al grupo E, nivel 12, del artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y consignadas en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 1995 (sección 001.- Parlamento de Galicia).

1.2. Procedimiento de selección.

Dentro de las previsiones contenidas en el artículo 55 del Estatuto de personal del Parlamento, publicado en el Boletín Oficial del Parlamento de Galicia Núm. 216, de 10 de febrero de 1984, se opta por el sistema de oposición.

1.3. Incompatibilidades.

El puesto de trabajo está sometido al régimen general de incompatibilidades establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en las disposiciones de desarrollo y complementarias.

Segunda.-Requisitos de los aspirantes.

2.1. Generales.

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes habrán de reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) Estar en posesión del certificado de escolaridad, estudios primarios o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.

d) Tener reconocida la condición legal de minusválido y que dicha minusvalía no impida el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

e) No hallarse separado a través de expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas ni estar inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

2.2. Concurrencia.

Los requisitos establecidos en el apartado anterior habrán de cumplirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes.

Tercera.- Solicitudes.

3.1. Forma.

Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas habrán de formular su solicitud en el modelo de instancia que figura como anexo I.

A la instancia se adjuntará:

a) Fotocopia del DNI.

b) Justificante de haber satisfecho los derechos de examen.

c) Justificante de tener reconocida la condición legal de minusválido.

3.2. Destinatario, plazo y lugar de presentación.

Las solicitudes se dirigirán al presidente del Parlamento. El plazo de presentación será de veinte días naturales, a contar a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

La presentación de solicitudes se hará en el registro general de la Cámara, situado en la planta 2ª del pazo del Parlamento, calle del Hórreo, Santiago de

Compostela, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Si alguno de los participantes necesita que las pruebas selectivas sean adaptadas a su minusvalía, habrá de hacerlo constar en documento anexo a su instancia con tiempo suficiente al anuncio de la realización de las pruebas.

3.3. Derechos de examen.

Su importe, de 1.500 (mil quinientas) pesetas, se ingresará en la Unidad de Caja de los Servicios Económicos de la Cámara, ubicados en la planta 2ª, del pazo del Parlamento, calle del Hórreo, Santiago de Compostela, por giro postal o mediante transferencia a la cuenta corriente 311300-8455/1 de la Caja de Ahorros de Galicia, oficina principal de Santiago de Compostela, indicando en la transferencia «Derechos de examen: plaza de telefonista».

Cuando algún aspirante no sea admitido a las pruebas selectivas por carecer de alguno de los requisitos exigidos, se le devolverá el importe ingresado, siempre que lo reclame en el plazo de un mes, a contar desde la publicación de la relación de admitidos y excluidos en el Diario Oficial de Galicia.

Cuarta.-Admisión de los aspirantes.

4.1. Relación de admitidos.

Expirado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen, la Presidencia dictará resolución en el plazo máximo de un mes, y declarará aprobada la relación de admitidos y excluidos, con la motivación de la exclusión, en su caso, y se determinará el lugar, fecha de comienzo de las pruebas y orden de actuación de los aspirantes, que se iniciará alfabéticamente por el primer apellido, previo sorteo al azar. La relación se publicará en el Diario Oficial de Galicia.

La resolución, por incluirse en el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, podrá ser recurrida por el interesado interponiendo recurso administrativo ordinario ante la Mesa del Parlamento en el plazo de un mes, computado de fecha a fecha, que vendrá fijado por su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

4.2. Subsanación de defectos.

Los defectos previstos en el artículo 71 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común serán subsanados a petición del interesado en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia. Los errores materiales y de hecho consignados en el artículo 105.2º podrán ser subsanados de oficio en cualquier momento.

4.3. Recursos.

Los aspirantes excluidos podrán interponer recurso ordinario ante la Mesa del Parlamento, en el plazo

de un mes a partir de la fecha de publicación de la lista.

Quinta.-Tribunal calificador.

5.1. Composición.

El tribunal calificador de las pruebas selectivas estará compuesto por los siguientes miembros:

Tribunal titular:

-Presidente: Victorino Núñez Rodríguez, presidente del Parlamento de Galicia.

-Vocales:

Bautista Álvarez Domínguez, vicesecretario del Parlamento de Galicia.

Manuel Muíño Espasandín, miembro designado por la Junta de Personal.

María José Castiñeiras Fraga, telefonista del Parlamento de Galicia.

-Secretario (con voz y voto): Juan Carlos Caride Puente, letrado del Parlamento de Galicia.

Tribunal suplente:

-Presidente: José María García Leira, vicepresidente 1º del Parlamento de Galicia.

-Vocales:

Miguel Cortizo Nieto, vicepresidente 2º del Parlamento de Galicia.

Miguel Ángel González González, ujier del Parlamento de Galicia.

Alfonso Couso Boán, jefe de la Unidad de Régimen Interior y Mantenimiento del Parlamento de Galicia.

-Secretario (con voz y voto): José Antonio Sarmiento Méndez, letrado del Parlamento de Galicia.

5.2. Abstención y recusación.

Los miembros del tribunal deberán abstenerse o podrán ser recusados cuando concurra alguno de los casos previstos en los artículos 28 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y 3.2º del Real decreto 364/1995, de 10 de marzo. En este caso, se lo comunicarán a la Presidencia del Parlamento. Cuando se produzca esta situación, y consecuentemente la vacante de un miembro del tribunal titular, su suplente cubrirá dicho puesto y la Mesa del Parlamento podrá designar a un nuevo suplente.

5.3. Constitución y actuación.

El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres de sus miembros.

Las decisiones se adoptarán por mayoría de los presentes.

5.4. Incorporación de expertos.

El tribunal, por razones de especialidad de algunas de las pruebas o ejercicios, para su desarrollo y evaluación, podrá solicitar la colaboración de profesionales en ayudas técnicas para personas con minusvalía

a fin de adaptarla teniendo en cuenta la naturaleza de la minusvalía.

Sexta.- Pruebas selectivas.

6.1. Contenido.

La fase de oposición constará de tres ejercicios, de carácter obligatorio y eliminatorio.

Primero.-Consistirá en la contestación de 25 preguntas cortas sobre conocimientos relacionados con el puesto a cubrir y el temario que se adjunta en el anexo II.

Segundo.-Consistirá en una prueba práctica relacionada con las funciones de telefonista efectuada en una centralita telefónica, en la cual se valorará la capacidad de manejo de la misma en llamadas y cometidos de diversos tipos.

Tercero.-Estará integrado por:

a) Escritura al dictado de un texto en gallego y otro en castellano por un plazo máximo de una hora. El tribunal apreciará la corrección de su escritura y ortografía.

b) Lectura de un texto en gallego facilitado por el tribunal, en el que se puntuará la pronunciación, timbre de voz y expresión.

6.2. Comienzo.

El primer ejercicio se realizará en el lugar, fecha y hora determinados en la resolución a que se hace referencia en la base 4.1. El tribunal hará público el inicio de los restantes ejercicios en los locales en que se practiquen las pruebas, y entre el final de uno y el comienzo de otro ejercicio deberá mediar un mínimo de setenta y dos horas.

6.3. Desarrollo.

El tribunal se constituirá una hora antes de comenzar cada ejercicio para organizar su práctica y resolver las peticiones, dudas o incidencias que pudiesen plantearse.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único y será excluido quien no comparezca, excepto en los casos debidamente justificados y discrecionalmente apreciados por el tribunal.

El tribunal en cualquier momento podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

Séptima.-Calificación de los ejercicios.

Los ejercicios se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del tribunal será de 0 a 10.

Las calificaciones finales se obtendrán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes. El cociente resultante será la calificación definitiva.

Octava.-Relación de aprobados.

Realizadas las pruebas y calificados los aspirantes, el tribunal hará pública la relación definitiva de aprobados con su puntuación.

El tribunal también prodrá, de no alcanzarse la puntuación exigida, declarar desierta la plaza.

La relación de aprobados, con la correspondiente propuesta, se elevará a la Mesa del Parlamento para que proceda a la resolución definitiva del expediente y al nombramiento de la persona aprobada.

Novena.-Presentación de documentos.

En el plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la correspondiente relación de aprobados, la persona aspirante propuesta habrá de presentar ante la Presidencia del Parlamento (registro general) los documentos acreditativos de reunir las condiciones de capacidad y los requisitos exigidos en la convocatoria, con la expresión siguiente:

a) Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.

b) Copia autenticada o fotocopia compulsada del título exigido o certificación académica de los estudios realizados con la correspondiente justificación de haber pagado los derechos para su expedición.

c) Declaración jurada de no hallarse separado a través de expediente disciplinario del servicio en ninguna Administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que lo imposibilite para el servicio. La persona aspirante que tenga la condición de minusválida habrá de presentar certificación del órgano correspondiente de la consellería competente por razón de la materia que acredite tal condición y su capacidad para desempeñar las funciones que le corresponden.

La persona aspirante aprobada que tuviese la condición de funcionario público estará exenta de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener el nombramiento, habrá de presentar certificación de la Administración pública de que dependa y acreditará su condición y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.

Décima.-Nombramiento.

Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la mesa procederá a su nombramiento como funcionario o funcionaria de la plantilla del Parlamento de Galicia, que se publicará en el Diario Oficial de Galicia. Deberá tomar posesión de su cargo ante la Presidencia, en el plazo y forma previstos en el artículo 53 del Estatuto de personal del Parlamento de Galicia.

Undécima.- Cláusula final.

11.1. Interpretación y aplicación.

La Mesa del Parlamento resolverá las dudas que se susciten y salvará las lagunas que se planteen en la aplicación de estas bases, y utilizará como normas

de integración y supletorias las contenidas en el Estatuto de personal del Parlamento, en el Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en las normas básicas de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y de la Ley autonómica de la función pública de Galicia.

11.2. Recursos.

Esta convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación de los tribunales, con carácter de definitivos, o que, siendo de trámite, decidan sobre el fondo del asunto, podrán ser impugnados por los interesados en el plazo y forma establecidos por la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, 30/1992, de 26 de noviembre.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/Doña..., mayor de edad, natural de..., y con domicilio en..., calle ..., Telfno..., y documento nacional de identidad Núm..., expedido en..., el día ... de... de ..,

EXPONE:

Que al convocar el Parlamento de Galicia pruebas para cubrir una plaza de telefonista por oposición entre personas que reúnan la condición legal de minusválidas, y al reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en la correspondiente convocatoria,

Solicita que tenga por recibida la presente solicitud para participar en la plaza de telefonista, para lo que adjunta los documentos establecidos en el apartado 3.1.

Lugar, fecha y firma.

Sr. presidente del Parlamento de Galicia

ANEXO II

Tema 1.-La Constitución española de 1978 y el Estatuto de autonomía de Galicia: estructura y contenido.

Tema 2. El Parlamento de Galicia. Estructura y composición. Funciones del Parlamento de Galicia.

Tema 3. El régimen jurídico de la función pública.

Tema 4. Estatuto de personal del Parlamento de Galicia.

Tema 5. Las administraciones públicas. Estructura orgánica de las administraciones: central, autonómica y local.

Tema 6. Introducción a la comunicación. La comunicación humana. El lenguaje como medio de comunicación. Tipos de comunicación: oral y telefónica. Atención al público: acogida de información al administrado. Los servicios de información administrativa.

Tema 7. Telecomunicaciones. Telecomunicación alámbrica. Telegráfica. Telefonía.

Tema 8. Centrales telefónicas. Aparatos telefónicos. Funcionamiento. Misión del operador de centralita. Averías más frecuentes en centralitas.

Tema 9. Líneas urbanas e interurbanas. Conexiones. Funcionamiento urbano, interurbano e internacional. Códigos provinciales.

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