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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 55 Lunes, 18 de marzo de 1996 Pág. 2.428

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS DE RIBEIRA

CÉDULA de notificación de sentencia (229/1994).

Yo, Elma Ojea Muñiz, secretaria de la administración de justicia con destino en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Ribeira, doy fe y testimonio de que en el libro de sentencias dictadas por este juzgado en procedimientos civiles, obra la recaída en los autos cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia. Vistos por María Luisa Miranda de Miguel, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número dos de Ribeira, y su partido, los presentes autos de juicio de separación matrimonial seguidos con el número 229/1994 a instancia de Jackeline Lobelos González representada por el procurador Novoa Núñez y asistida del letrado Astray Vázquez, contra José David Martínez Bustamante, declarado en situación procesal de rebeldía.

Fallo que, estimando la demanda formulada por la representación de Jackeline Lobelos González contra José David Martínez Bustamante, debo acordar y acuerdo la separación matrimonial de los expresados, con todos los efectos legales, y en especial, los siguientes:

1. La separación de los litigantes, pudiendo señalar libremente su domicilio.

2. No se hace especial pronunciamiento en costas.

La sentencia anterior fue leída y publicada por el juez que la suscribe en audiencia pública del mismo día de su fecha».

Y para que así conste y sirva de notificación en forma al demandado, en situación procesal de rebeldía, José David Martínez Bustamante, expido y firmo la presente cédula en Ribeira, trece de febrero de mil novecientos noventa y seis.

El secretario

Rubricado

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