De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a las personas que en el anexo se mencionan que, con esta fecha, resolvi publicar las propuestas de resolución de los procedimientos sancionadores que se instruyen por infracción de la Ley 1/1970, de 4 de abril, de caza, (BOE nº 82 del 6-4-1970), y de su Reglamento, aprobado por el Decreto 506/1971, de 25 de marzo (BOE nº 76 del 30-3-1971).
El pago voluntario podrá fin al expediente. De no efectuar el pago voluntario, disponen los interesados de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para formular cuantas alegacións estime pertinentes.
Lo que se le comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189 del 9-8-1993).
ANEXO:
-Expediente Nº: C-37/1995
Denunciado: Enrique Alonso López
DNI: 76.577.437
Domicilio: Donis-Cervantes; LUGO - 27664.
Hecho denunciado: no impedir que un perro vague sin control por terreno cinegético especial, en época de veda; hechos ocurridos el día 28-6-95 en Campa Hortigoso (Reserva Nacional de Caza).
Precepto sancionador: artículos 48.1º.18 y 48.2º.1 del Reglamento de caza.
Cualificación: grave.
Sanción: 5.000 ptas. de multa y 1.000 ptas. en sustitución del decomiso de un perro.
-Expediente Nº: C-39/1995
Denunciado: Raúl López López
DNI: 34.251.832
Domicilio: Castro de Sobreda, 11-O Saviñao; Lugo.
Hecho denunciado: entrenar cinco perros de caza en época de veda, el día 2-7-95 en Broza-O Saviñao.
Precepto sancionador: artículo 48.2º.25 del Reglamento de caza.
Cualificación: menos grave.
Sanción: 2.000 ptas. de multa y 5.000 ptas. en sustitución del decomiso de cinco perros.
-Expediente Nº: C-40/1995
Denunciado: Juncal Sola Beorlegui
DNI: 18.202.663
Domicilio: Campa da Braña, 1-Cervantes; Lugo.
Hecho denunciado: no impedir que un perro vague sin control por terreno cinegético especial; hechos ocurridos el día 8-7-95 en Campa de Feiró (Reserva Nacional de Os Ancares).
Precepto sancionador: artículos 48.1º.18 y 48.2º.1 del Reglamento de caza.
Cualificación: grave.
Sanción: 5.000 ptas. de multa y 1.000 ptas. en sustitución del decomiso de un perro.
En Lugo, 9 de febrero de 1996.
José Ángel Madarro Río
Instructor
1850