Por la presente cédula y en virtud de lo acordado en esta fecha por la magistrada-juez de este Juzgado
de lo Social número cuatro Beatriz Rama Insua, en los autos registrados con el número 963/1995, seguidos a instancia de María Ángeles Brañas Carballal y otro, contra Confecciones San Juan Bautista Eirís Cooperativa Limitada y otros, sobre cantidad, acordó que se cite a Confecciones San Juan Bautista Eirís Cooperativa Limitada, Confecciones Eirís, S.L.; Marina Iglesias Leboráns, Soledad Couselo Vázquez, Elvira Pérez Fernández, Mercedes Álvarez Quintela, María Ana Costoya Garea, Dolores Pilar Pombo García, Noemí Puga Alonso, Cecilia Sierra Rodríguez, Mercedes Codesido López; Carmen Rodríguez García, Laura Seoane Fraga y Encarnación Peña Sanmartín, que tuvieron su domicilio en A Coruña y hoy en ignorado paradero, en única convocatoria, para que acompañados de todos los medios de prueba de que intenten valerse, comparezcan en este juzgado, sito en c/ Monforte s/n, de A Coruña; edificio Nuevos Juzgados, el día diez de abril, a las 11 horas, con el fin de asistir a la celebración del acto
del juicio correspondiente y rendir confesión judicial en el mismo acto, pudiéndoles tener por confesos en caso de incomparecencia, requiriéndoles asimismo, para que a dicho acto aporten la siguiente documental: la escritura pública de disolución de la cooperativa, otorgada en fecha 30-9-1993 ante el notario de A Coruña, Santiago Gil Carnicer.
Se les hace saber que la copia de la demanda se encuentra a su disposición en la secretaría de este juzgado.
En A Coruñá, a treinta y uno de enero de mil novecientos noventa y seis.
La secretario judicial
Rubricado
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