Advertidos errores en dicho decreto, publicado en el DOG nº 23, del jueves 1 de febrero de 1996, es necesario hacer las oportunas correcciones:
En la página 821, columna 2, líneas 17 y 18, en donde dice: «La estimación directa procederá...», debe decir: «La estimación indirecta procederá...».
En la página 822, columna 1, línea 19, en donde dice: «vertdo», debe decir: «vertido».
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