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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 37 Miercoles, 21 de febrero de 1996 Pág. 1.380

II. AUTORIDADES Y PERSONAL

NOMBRAMIENTOS:

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

DECRETO 56/1996, de 8 de febrero, por el que se dispone el cese y nombramiento de miembros del Consejo Escolar de Galicia.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 3/1986, de 18 de diciembre, de consejos escolares de Galicia, en el artículo 7 del Decreto 44/1988, del 11 de febrero, por el que se desarrolla dicha ley, y en la disposición transitoria primera del Decreto 87/1992, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de régimen interno del Consejo Escolar de Galicia y en el que se establece que se tiene que proceder a la renovación total del consejo, y previa designación por los organismos representativos de los sectores con incidencia en el ámbito educativo, a propuesta del Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, previa de la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día de ocho de febrero de mil novecientos noventa y seis,

DISPONGO:

Artículo 1º

Cesan como miembros del Consejo Escolar de Galicia las siguientes personas:

1. En representación de padres de alumnos propuestos por las confederaciones o federaciones de asociaciones de padres de alumnos, en proporción a su representatividad:

a) Enseñanza pública:

-José Luis Coladas Calvo (Confapa-Galicia).

2. En representación de la Administración local, propuestos por las federaciones o asociaciones de ayuntamientos:

-José Luis Méndez Romeu (Ayuntamiento de A Coruña).

-Julio Calviño Rodríguez (Ayuntamiento de Vigo).

-José Luis Torres Colomer (Ayuntamiento de Ribeira).

-José Mª Castro Vázquez (Ayuntamiento de Lugo).

-José Alvarez Cid (Ayuntamiento de Ponteareas).

-José Toja Parajó (Ayuntamiento de Santa Comba).

-Enrique Fernández González (Ayuntamiento de A Pontenova).

-Francisco Fernández Santiso (Ayuntamiento de Guitiriz).

Artículo 2º

Se nombran miembros del Consejo Escolar de Galicia, en las condiciones determinadas en el articulado de la Ley 3/1986, de 18 de diciembre, de consejos escolares de Galicia, a las siguientes personas:

1. En representación de padres de alumnos propuestos por las confederaciones o federaciones de aso

ciaciones de padres de alumnos, en proporción a su representatividad:

a) Enseñanza pública:

-José Gulías Varela (Confapa-Galicia).

2. En representación de la Administración local, propuestos por las federaciones o asociaciones de ayuntamientos:

-Maite Fernández Piñeiro (Ayuntamiento de Vigo).

-José Luis Méndez Romeu (Ayuntamiento de A Coruña).

-Jaime Rey Barreiro (Ayuntamiento de Redondela).

-Manuel Varela Rey (Ayuntamiento de Carballo).

-Juan M. Jiménez Morán (Ayuntamiento de Verín).

-Antonio Lagares Pérez (Ayuntamiento de Betanzos).

-Enrique Fernández González (Ayuntamiento de A Pontenova).

-José Carlos Sequeiros Pérez (Ayuntamiento de Baños de Molgas).

Disposición final

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, ocho de febrero de mil novecientos noventa y seis.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Juan Piñeiro Permuy

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

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