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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Martes, 20 de febrero de 1996 Pág. 1.369

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 19 de enero de 1996, de la Delegación Provincial de A coruña, de notificación del acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador de pesca fluvial 95/0295.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona que en el anexo se menciona que, con esta fecha, resolví publicar el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial, (DOG nº 151, del 5-8-1992), por no haberse podido realizar su notificación.

Se nombra instructora del procedimiento a Beatriz Rodríguez Fraga, funcionaria de esta delegación, pudiendo promover su recusación en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

La resolución será acordada por el director general de Montes y Man. de esta consellería, según el artículo 40.3º a) de la misma Ley.

El interesado dispondrá de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de publicación de esta notificación, para que pueda examinar el expediente en la delegación provincial de esta consellería en A Coruña, sita en el edificio administrativo de servicios múltiples-Monelos y para aportar por escrito cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas, estime convenientes en defensa de sus derechos.

Conforme a lo establecido en el Art. 13.2º del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de 4 de agosto de 1993, de no efectuar alegaciones en el plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose, para estos efectos, el importe de la sanción.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. Para efectuarlo deberá emplear los impresos normalizados que le serán facilitados en esta delegación provincial, sita en el edificio administrativo de servicios múltiples-Monelos-A Coruña.

Lo que se le comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercidio de la potestad sancionadora, aprobada por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9-8-1993).

A Coruña, 19 de enero de 1996.

Rogelio Aramburu Núñez

Delegado provincial de A Coruña

ANEXO

Expediente: P-95/0295.

Denunciado: José M. Orive Rodríguez.

DNI: 7.932.585-T.

Último domicilio conocido: Residencia Obelisco, P.6-2 A-Oleiros.

Hechos denunciados: tenencia y transporte de salmón o reo sin los precintos y guías preceptivas.

Tipificación Ley de pesca:

Artículo: 35.14º.

Calificación: grave.

Sanción propuesta: 500.001 multa. 5.700 Indemniz. 1 año e 1 día Inhab.

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