Advertido el error en el texto de la citada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 29 del 9 de febrero de 1996, procede efectuar la oportuna corrección.
En el anexo III, apartado B), en el cuadro de zonificación especial y en la zona especial de la cuenca del río Ulla, en la columna, donde dice: «9 guardas rurales», debe decir: «7 guardas rurales».
En la zona especial de la cuenca del río Lérez, en la columna, donde dice: «4 guardas rurales», debe decir: «3 guardas rurales».
En la columna, donde dice: «4 peones forestales», debe decir: «2 peones forestales».
Se incluye además la zona especial de la cuenca del río Verdugo que incluye los ayuntamientos de: Vilaboa, Soutomaior, Ponte-Caldelas, A Lama, Fornelos de Montes, Pazos de Borbén y Redondela, con el número máximo de contratación de 3 guardas rurales y 2 peones forestales.
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