Visto el expediente incoado en esta delegación provincial por instancia de Brillomiño, s.L., con domicilio en Salvaterra de Miño en el que solicita autorización para instalar una L.M.T. y un C.T. en Queimadiña-Leirado, ayuntamiento de Salvaterra de Miño, y cumplidos los trámites de información pública que determina el artículo 9 del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sin que se presentase oposición ni objeción alguna a la citada solicitud.
El delegado provincial, de conformidad con el Decreto 1634/1980, artículo 14, y con el 2617/1966, artículo 11, así como con las demás disposiciones vigentes, resolvió,
Autorizar a Brillomiño, S.L. la instalación de una L.M.T. y un C.T. en Queimadiña-Leirado, ayuntamiento de Salvaterra de Miño.
Esta autorización no supone la aprobación del proyecto.
Pontevedra, 17 de noviembre de 1995.
Ramón Álvarez Abad
Delegado provincial de Pontevedra
95-0890