En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y a los efectos previstos en éste, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y estatutos de la Asociación de Poceros Gallegos (Aspoga) que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán ser miembros de dicha asociación las personas mayores de edad que sean titulares de empresas o representantes de sociedades que tengan por objeto la realización de sondeos, perforaciones y pozos o similares, y aquellas personas mayores de edad que de alguna manera tengan interés en servir a los fines de la misma y sean admitidas según lo dispuesto en los estatutos.
Firman el acta de constitución: José Antonio Couto Iglesias y tres personas más.
Santiago de Compostela, 29 de enero de 1996.
Juan Pedrosa Vicente
Director general de Relaciones Laborales
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