El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de 29 de diciembre de 1995, aprobó inicialmente el plan especial del monte Pedroso. El expediente se expone al público en el pabellón de Trinidad, situado en la plaza del mismo nombre, por el plazo de tres meses desde la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, con objeto de que los interesados puedan presentar las alegaciones que consideren oportunas.
En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 102.2º del Real decreto legislativo 1/1992, este acuerdo determina la suspensión por el plazo máximo de
dos años, del otorgamiento de licencias para parcelación, edificación y derribo en el ámbito del plan.
Contra el acuerdo de suspensión de licencias se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses desde la fecha de publicación de este anuncio.
Santiago de Compostela, 1 de febrero de 1996.
El alcalde
Rubricado