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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 28 Jueves, 08 de febrero de 1996 Pág. 1.035

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (103/1995).

Francisco Castiñeiras Fernández, secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Santiago de Compostela, doy fe de que en los autos de juicio ejecutivo nº 103/1995 seguidos en este juzgado, se dictó sentencia que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

«Sentencia. En Santiago de Compostela a veintinueve de diciembre de mil novecientos noventa y cinco. Vistos por Leonor Castro Calvo, magistrada-jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres deSantiago de Compostela y su partido, los presentes autos de juicio ejecutivo nº 103/1995, promovidos por Banco Central Hispanoamericano, S.A., representado por el procurador Ricardo García Piccoli Atanes y defendido por la letrada Sonia Rodríguez Arroyo, contra Juan Pascual Carballo y Concepción Tajes Fiúza, declarados en rebeldía, sobre reclamación de 1.047.549 pesetas de principal, más 500.000 calculadas para intereses, costas y gastos.

Fallo que debo mandar y mando seguir adelante la ejecución, hasta hacer trance y remate con los bienes embargados y en lo sucesivo puedan embargarse a deudor Juan Pascual Carballo y Concepción Tajes Fiúza, y con su producto entero y cumplido pago al acreedor, de la cantidad de 1.047.549 pesetas, importe del principal reclamado, más 500.000 pesetas calculadas para intereses, gastos y costas causadas y que se causen, las cuales expresamente impongo a la parte demandada. Líbrese y únase certificación de

esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias. Contra esta resolución cabe interponer ante este juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco días, a contar desde la notificación a las partes. Así, por esta mi sentencia que por la rebeldía del demandado se notificará en la forma y modo que la ley previene para los rebeldes, definitivamente juzgando lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que conste y sirva de notificación a los demandados Juan Pascual Carballo y Concepción Tajes Fiúza, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido el presente edicto en Santiago de Compostela a ocho de enero de mil novecientos noventa y seis.

El secretario

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