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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 28 Jueves, 08 de febrero de 1996 Pág. 1.026

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

ORDEN de 29 de enero de 1996, sobre delegación de competencias en el presidente del ente público Puertos de Galicia.

La actividad del ente público Puertos de Galicia, adscrito a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, aconseja recurrir a la delegación en el presidente del ente de la función de otorgar las concesiones y autorizaciones por ocupación del dominio público adscrito a la Comunidad Autónoma dentro del recinto portuario, atribuida a la citada consellería, para facilitar la agilización necesaria que redunde tanto en beneficio de la consellería como de los administrados, dentro del respeto de las garantías jurídicas que la tutela de los intereses públicos exige.

El artículo 20 del Reglamento del ente público Puertos de Galicia dictado en desarrollo de la Ley 5/1994, de 29 de noviembre, establece las competencias de

la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda en materia de puertos y que las mismas, excepto las establecidas en la letra d), en materia de expropiación forzosa, podrán delegarse en el presidente.

En su virtud y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

DISPONGO:

Artículo 1º.-Delegar en el presidente del ente público Puertos de Galicia la competencia atribuida a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda en el artículo 20 del Reglamento del ente público, apartado e).

Artículo 2º.-Las resoluciones administrativas que se adopten haciendo uso de las delegaciones contenidas en la presente orden, harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por la autoridad que las confirió.

Artículo 3º.-En cualquier momento, el conselleiro podrá reclamar el ejercicio de las competencias que son delegadas por esta orden.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 29 de enero de 1996.

José Cuiña Crespo

Conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda

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