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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 26 Martes, 06 de febrero de 1996 Pág. 965

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (182/1992).

Francisco Castiñeiras Fernández, secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Santiago de Compostela, da fe que en los autos de juicio ejecutivo nº 182/1992 seguidos en este juzgado, se dictó sentencia que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

«Serntencia. En Santiago de Compostela a veintidós de noviembre de mil novecientos noventa y tres. Vistos por Leonor Castro Calvo, magistrada-jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Santiago de Compostela y su partido, los presentes autos de juicio ejecutivo nº 182/1992, promovidos por Caja de Ahorros de Galicia, representada por el procurador Jesús Raposo Quintás, y defendido por el letrado, contra Antonio Rodríguez Zamora, Olga Suárez López y mercantil Ofimática Rodríguez Zamora, S.L., declarados en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo que debo mandar y mando seguir la ejecución adelante, hasta hacer trance y remate en los bienes embargados y que en lo sucesivo puedan embargarse a los deudores Antonio Rodríguez Zamora, Olga Suárez López y mercantil Ofimática Rodríguez Zamora, S.L. y con su producto entero y cumplido pago al acreedor, de la cantidad de 7.104.604 ptas. de principal, más

2.000.000 de ptas. calculadas, sin perjuicio de posterior liquidación, para intereses, gastos y costas causadas y que se causen, las cuales expresamente impongo a la parte demandada. Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, incluyéndose la original al libro de sentencias.

Contra esta resolución cabe interponer ante este juzgado recurso de apelación en el plazo de cinco días. Así, por esta mi sentencia, que será notificada a los demandados en la forma y modo que la ley previene para los rebeldes, definitivamente juzgando lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que conste y sirva de notificación en forma a los demandados Antonio Rodríguez Zamora, Olga Suárez López y mercantil Ofimárica Rodríguez Zamora, S.L., libro el presente edicto en Santiago de Compostela a veintidós de diciembre de mil novecientos noventa y cinco.

El secretario

Rubricado

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