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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 17 Miercoles, 24 de enero de 1996 Pág. 634

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BUEU

ANUNCIO.

Dando cumplimiento a lo establecido por los artículos 70.2º de la Ley de bases de régimen local y 124, en relación con el 131 de la Ley sobre el régimen del suelo y ordenación urbana, una vez aprobado definitivamente se publica el texto íntegro del Plan Especial de Servicios Exteriores del Parque Empresarial de Castiñeiras (Bueu).

A. Determinaciones del planeamiento de rango superior.

Las normas subsidiarias y complementarias de planeamiento de Bueu, aprobadas definitivamente en el año 1986, califican como apto para urbanizar un total de 424 ha de suelo de su término municipal. Exigen, por otra parte, un tamaño mínimo de 10 ha para el desarrollo de cualquier sector de este suelo mediante un plan parcial de ordenación.

Como consecuencia del convenio firmado entre el Ayuntamiento de Bueu y el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo para la creación de un parque empresarial y las determinaciones de las normas subsidiarias se redactó y aprobó recientemente el correspondiente Plan Parcial de Ordenación del Parque Empresarial de Castiñeira, en el municipio de Bueu, parque que tiene una extensión total de 13 ha de suelo urbanizable.

Al objeto de dar cobertura legal a los necesarios proyectos y obras de infraestructuras y completar el planeamiento urbanístico del municipio, se redacta el presente Plan Especial de Infraestructuras Exteriores del Parque Empresarial de Bueu.

Las infraestructuras que definen este plan especial deben considerarse como una ampliación de los sistemas generales de abastecimiento y saneamiento de Bueu, de los que pasan a formar parte. Con ello es posible satisfacer las necesidades establecidas en el citado Plan Parcial de Ordenación.

B. Memoria descriptiva y justificativa.

1.-Introducción.

Se redacta el presente Plan Especial de Infraestructuras Exteriores del Parque Empresarial de Bueu con el objeto de definir las condiciones urbanísticas y de régimen del suelo, así como las condiciones que cumplirán los proyectos técnicos que desarrollen las obras de conexión de las infraestructuras interiores del parque empresarial con las redes generales municipales, para efectos de cumplimentar el planeamiento urbanístico del municipio de Bueu y completar su estructura urbana.

Siguiendo los criterios establecidos en las normas subsidiarias y complementarias de planeamiento de Bueu y el Plan Parcial de Ordenación del Parque Empresarial de Bueu, el trazado de estas conexiones se efectuará, en la medida de lo posible, por los terrenos de dominio público de los caminos de acceso

a las parcelas privadas o de los márgenes de los ríos y regatos existentes en los alrededores del parque empresarial. No se prevén, por lo tanto, expropiaciones ni cambios de la titularidad del suelo.

La construcción de estas conexiones no altera la clasificación ni la calificación urbanística de los terrenos adyacentes al terreno público por el que discurren, y sus condicionamientos urbanísticos seguirán siendo los mismos que les designa el vigente planeamiento municipal de Bueu.

La justificación de la conveniencia de este plan parcial estriba en que dichas conexiones son imprescindibles para la puesta en marcha del parque empresarial y que se hace necesario desarrollar puntualmente en las determinaciones de las normas subsidiarias municipales para sincronizar las diversas actuaciones, a modo de planeamiento complementario. Este plan especial deberá ser desarrollado, a su vez, por los correspondientes proyectos técnicos de ejecución.

El plan especial aborda las conexiones de las redes interiores de abastecimiento de agua y saneamiento del parque empresarial con las redes generales de abastecimiento y saneamiento del municipio de Bueu. No estudia, sin embargo, las conexiones de las redes viaria, eléctrica y telefónica, por estar ya resueltas en el plan parcial a nivel de accesos y acometidas al propio recinto del polígono definido por el parque empresarial.

En el caso de la implantación futura de servicios no previstos en el parque empresarial (gas, etc.), deberán ser objeto de proyectos específicos para el parque empresarial, previa definición y aprobación de los proyectos globales que den una solución a las acometidas respectivas a los núcleos consolidados del término municipal, incluyendo el parque empresarial.

2.-Abastecimiento de agua.

El abastecimiento de agua al parque empresarial se resuelve con una tubería general de alimentación de 3 km de longitud, que lleva el agua desde las captaciones de Ermelo en la cota 212. Desde aquí se acomete el parque en su zona norte con tubería de 200 metros de longitud conectando a la cabecera de la red interior de abastecimiento de agua en la cota 165 metros. Toda esta distribución, por lo tanto, se realiza por gravedad, sin necesidad de grupos de impulsión.

La tubería general se deberá dimensionar para resistir las presiones debidas a los efectos sifón y de golpe de ariete, dada su longitud y las cotas de terreno atravesado en algunos tramos.

La capacidad del depósito del parque se establece en 1.000 m, para permitir regular el máximo consumo diario y poder disponer de un cierto volumen de reserva y hacer frente a las posibles situaciones excepcionales. Se estima un máximo de consumo diario de 629 m y un caudal de consumo punta de 10,92 l/s.

Las captaciones de Ermelo sirven en la actualidad para alimentar el depósito de Outeiro de 500 m,

a través de dos tuberías de 80 y de 112 mm de diámetro.

Los aforos realizados indican que se dispone de un caudal suficiente para abastecer también el parque empresarial a través del nuevo depósito de regulación de 1.000 m.

No obstante, se establece también la previsión de conectar la tubería general con el nuevo depósito de regulación de Bueu alimentado con caudales procedentes de Pontevedra, y con el sistema que alimenta por presión el depósito de O Castrillón. La capacidad de estos depósitos es de 4.000 m y de 3.500 m, respectivamente.

De esta manera, el abastecimiento al parque empresarial queda asegurado y perfectamente integrado en el sistema general de abastecimiento de agua del municipio de Bueu, siendo posible el suministro alternativo desde cualquiera de los depósitos y captaciones mediante los oportunos circuitos de derivación y bombeo.

El funcionamiento deberá proyectarse para control automático de apertura y cierre de válvulas (panel electrónico de mando centralizado, electroválvulas, telemando, dispositivos antiariete, etc.), además de la regulación manual, para conseguir en las distintas alternativas la máxima racionalidad y la mayor facilidad de explotación.

3.-Saneamiento.

El saneamiento aprobado en el Plan Parcial de Ordenación del Parque Empresarial de Bueu es de tipo separativo, con redes y vertidos independientes para la aguas pluviales y para las residuales.

Aguas pluviales.

El esquema de recogida de aguas pluviales que se presenta en el plan parcial está completamente adaptado a la topografía del terreno y en su dimensionamiento se tendrán en cuenta, además de las cuencas vertientes que le afecten, las áreas de escorrentía producidas por las nuevas rasantes del polígono ya urbanizado, y la red de imbornales del sistema viario.

El agua canalizada a través del colector tendrá el vertido final en el regato Nosedo, en el noroeste del polígono, sin que ello suponga necesidad de canalización especial dados los caudales esperados y la capacidad disponible en el cauce.

Para los caudales de cálculo de las aguas pluviales se tomarán como base las indicaciones de la Instrucción 5.1-IC (drenaje) de la Dirección General de Carreteras o, alternativamente, la fórmula:

I = (260 x N x 0,42 x 0,52 x T)0,3

donde

I = Intensidad en litros por segundo y hectárea.

N = Número de años de probabilidad de repetición.

T = Tiempo en minutos de duración de la lluvia.

Aguas residuales.

El Plan Parcial de Ordenación había previsto, ante la inexistencia de una red de saneamiento municipal fuera del polígono del parque empresarial, la instalación de una estación depuradora ubicada en el espa

cio reservado dentro del polígono, para el tratamiento de las aguas residuales generadas en el propio parque empresarial. Desde ella se haría un vertido final al regato Nosedo en el extremo noroeste, en las proximidades del vertido de pluviales.

Actualmente, sin embargo, está en marcha el proyecto de ejecución del planeamiento integral de Bueu, que contempla la construcción de un colector general de costa que intercepta los vertidos actuales y una serie de colectores de concentración y secundarios que comunican entre si y conducen el general de los vertidos de los distintos núcleos del municipio. Este proyecto incluye también la construcción de una estación depuradora de aguas residuales (EDAR) para el tratamiento físico-químico, biológico y de fangos, y un emisario submarino para el vertido final al mar de las aguas ya tratadas en la zona de Beloso.

La EDAR está proyectada para una población equivalente de 17.000 personas con una dotación de 300 l/hab./día, que es lo máximo esperado a medio plazo para todo el término municipal de Bueu, incluyendo las aportaciones del nuevo parque empresarial.

Teniendo en cuenta estas circunstancias, el presente plan especial establece como nueva solución el saneamiento de residuales del parque, mantener la red interior de colectores prevista en el plan parcial y hacer la conexión final al colector secundario más próximo a la red de saneamiento integral de Bueu. Esto significa, tal como se señala en el plano correspondiente, conectar desde la confluencia de las calles 2 y 5 del polígono, invirtiendo la pendiente del colector proyectado para el tramo último de la calle 2 y discurrir por la calle 5 con la salida oeste del polígono señalado, punto donde se haría el vertido final de las aguas residuales del parque a la red de saneamiento integral.

Para este vertido final se imponen las condiciones de predepuración por parte de cada una de las empresas instaladas en el polígono, hasta alcanzar el nivel de contaminación de las aguas residuales, equivalente a un vertido doméstico. De este modo queda asegurado el correcto funcionamiento de la EDAR proyectada para todo el término municipal de Bueu.

Bueu, 14 de noviembre de 1995.

Xosé Novas Piñeiro

Alcalde

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