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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 12 Miercoles, 17 de enero de 1996 Pág. 483

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 1995 de la Delegación Provincial de A Coruña, de notificación de los acuerdos de iniciación de los procedimientos sancionadores de caza números 95/0068 y 95/0076.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan que, con esta fecha resolví publicar los acuerdos de iniciación de los procedimientos sancionadores por infracción de la Ley 1/1970, de 4 de abril, de caza (BOE nº

82 del 6-4-1970), y de su reglamento, aprobado por el Decreto 506/1971, de 25 de marzo, (BOE nº 76, del 30-3-1971). Corrección errores nº 112, de 11-5-1971, por no ser posible su notificación.

Se nombra instructora del procedimiento a Beatriz Rodríguez Fraga, funcionaria de esta delegación, pudiendo promover su recusación en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.

La resolución será acordada por el delegado provincial de esta consellería, según el artículo 49 del Reglamento de caza, en relación con el Real decreto 167/1981, de transferencias de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de conservación de la naturaleza.

Los interesados dispondrán de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de publicación de esta notificación, para que puedan examinar los expedientes en al Delegación Provincial de esta Consellería en A Coruña, sita en el edificio administrativo de servicios múltiples, Monelos, y para aportar por escrito cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas, estime convenientes en defensa de sus derechos, así como para recusación de la persona designada como instructora.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de

la potestad sancionadora, de 4 de agosto de 1993, de no efectuar alegaciones en el plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose, para estos, el importe de la sación.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. Para efectuarlo deberán emplear los impresos normalizados que les serán facilitados en esta delegación provincial, sita en el edificio administrativo de servicios múltiples, Monelos, A Coruña.

Lo que les comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobada por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agoslto (BOE nº 189 del 9-8-1993).

A Coruña, 29 de diciembre de 1995.

Rogelio Aramburo Núñez

Delegado provincial de A Coruña

ANEXO

Tipificación infracción

Ley de caza

ExpedientesDenunciado

DNI

Última dirección conocida

Hechos imputadosArtículoCalificación

infracción

Sanción

propuesta

C-95/0068Manuel Mella Cacheiro

76.296.526-I

Lg. Seoane, 12, Sigrás

15181 Cambre

No impedir que los perros propios vaguen sin control por terrenos de régimen cinegético especial, en época de veda.48.2.24Menos grave7.000 multa

Inhab. 1 año

C-95/0076José L. Fragio Vázquez

33.214.886

Lg. Moas de Abaixo

Figueiras-Santiago de Compostela

No impedir que los perros propios vaguen sin control por terrenos de régimen cinegético especial, en época de veda.48.2.24Menos grave3.500 multa

95-0162