Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 11 Martes, 16 de enero de 1996 Pág. 427

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 1995, de la Dirección General de Personal, por la que se regula la composición de las comisiones evaluadoras de la fase de prácticas establecida en la Orden del 8 de junio de 1994, por la que se convocaban procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional, profesores de música y artes escénicas, profesores de escuelas oficiales de idioma y profesores y maestros de taller de artes plásticas y diseño.

En la base común 10 de la Orden de 8 de junio de 1994 (DOG del 10), se regula y se establece la necesidad de realizar prácticas docentes previas al nombramiento de los interesados como funcionarios de carrera, con objeto de valorar las aptitudes didácticas de los aspirantes que aprobaron los procedimientos selectivos y no están dispensados de esta fase de prácticas.

En su virtud, esta Dirección General,

RESUELVE:

Primero.-Para la valoración de los aspirantes al cuerpo de enseñanza secundaria serán nombradas tres comisiones calificadoras, una de ciencias, otra de letras y otra de tecnológicas formadas por especialistas en las respectivas áreas y que tendrán la siguiente composición:

-Presidente: un inspector al servicio de la Administración educativa nombrado por el director general de Personal por propuesta de la Inspección Central.

-Cuatro vocales, designados entre los profesores de enseñanza secundaria.

Segundo.-Para la valoración de los aspirantes al cuerpo de profesores técnicos de formación profesional será nombrada una comisión calificadora, formada por especialistas en las distintas materias y que tendrán la siguiente composición:

-Presidente: un inspector al servicio de la Administración educativa nombrado por el director general de Personal por propuesta de la Inspección Central.

-Cuatro vocales, designados entre los profesores técnicos de formación profesional.

Tercero.-Para la valoración de los aspirantes al cuerpo de profesores de música y artes escénicas será nombrada una comisión calificadora, formada por especialistas en las distintas materias y que tendrá la siguiente composición:

-Presidente: un inspector al servicio de la Administración educativa nombrado por el director general de Personal por propuesta de la Inspección Central.

-Cuatro vocales, designados entre los profesores de música y artes escénicas.

Cuarto.-Para la valoración de los aspirantes al cuerpo de profesores de escuelas oficiales de idiomas será nombrada una comisión calificadora, formada por especialistas en las distintas materias y que tendrá la siguiente composición:

-Presidente: un inspector al servicio de la Administración educativa nombrado por el director general de Personal por propuesta de la Inspección Central.

-Cuatro vocales, designados entre los profesores de escuelas oficiales de idiomas.

Quinto.-Para la valoración de los aspirantes al cuerpo de profesores de artes plásticas y diseño será nombrada una comisión calificadora, formada por especialistas en las distintas materias y que tendrá la siguiente composición:

-Presidente: un inspector al servicio de la Administración educativa nombrado por el director general de Personal por propuesta de la Inspección Central.

-Cuatro vocales, designados entre los profesores de artes plásticas y diseño.

Sexto.-Para la valoración de los aspirantes al cuerpo de maestros de taller de artes plásticas y diseño será nombrada una comisión calificadora, formada por especialistas en las distintas materias y que tendrá la siguiente composición:

-Presidente: un inspector al servicio de la Administración educativa nombrado por el director general de Personal por propuesta de la Inspección Central.

-Cuatro vocales, designados entre los maestros de taller de artes plásticas y diseño.

Séptimo.- A Inspección al servicio de la Administración educativa podrá visitar el profesorado en prácticas y emitirá un informe sobre el desenvolvimiento de su función, que será tenido en cuenta por la comisión evaluadora.

Santiago de Compostela, 20 de diciembre de 1995.

Jaime García García

Director general de Personal

110