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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 9 Viernes, 12 de enero de 1996 Pág. 376

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO SEIS DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (64/1995).

María Begoña Arroyo Martín, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Santiago de Compostela, doy fe y testimonio de que en los autos de juicio ejecutivo de que se hará mérito se dictó la siguiente:

«Sentencia. En Santiago de Compostela a veintisiete de julio de mil novecientos noventa y cinco. Vistos por Gustavo Adolfo Martín Castañeda, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Santiago de Compostela, los presentes autos de juicio de cognición de desahucio por falta de pago y, simultáneamente, reclamación de cantidad, seguidos bajo el número 64/1995, en el que son partes como demandante Elena Suárez Mecías, mayor de edad, viuda, con domicilio en la calle San Pedro de Mezonzo, nº 13-5º, representada por el procurador Ricardo García-Píccoli Atanes, contra María Dolores Caridad Domínguez, mayor de edad, casada, con domicilio en la calle Romero Donallo, nº 5-3º F, y declarada procesalmente en rebeldía.

Fallo que estimando la demanda formulada por el procurador García-Píccoli Atanes, en nombre y representación de Elena Suárez Mecías, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio de la demandada María Dolores Caridad Domínguez, por falta de pago de las rentas pactadas, del piso 3º F, de la casa número cinco de la calle Romero Donallo de esta ciudad y destinado a vivienda, con apercibimiento de lanzamiento si no lo desalojare dentro del término previsto en la ley; a que abone el importe de las mensualidades adeudadas en la cantidad de 238.720 ptas., así como al pago de las costas causadas en el procedimiento.

La presente resolución no es firme y contra la misma las partes pueden interponer, ante este juzgado, recurso de apelación dentro del tercer día siguiente al de su notificación, para ser resuelto por la Audiencia Provincial de A Coruña».

Y para que sirva de notificación a la demandada rebelde, expido y firmo el presente edicto en Santiago de Compostela a veinticuatro de noviembre de mil novecientos noventa y cinco.

Rubricado

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