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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 248 Viernes, 29 de diciembre de 1995 Pág. 9.750

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 23 de noviembre de 1995, de la Dirección General de Montes y Medio Ambiente Natural, por la que se notifican las resoluciones de los expedientes sancionadores 237/1993 y 265/1993 de pesca fluvial de Pontevedra.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedemento administrativo común, se le notifica a las personas que se relacionan en el anexo, las resoluciones de dichos expedientes, por infracciones a la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial en Galicia.

1. Contra dichas resoluciones, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 al 117 de la Ley 30/1992, podrán interponer recurso ordinario en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente

de esta publicación, ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes; transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que éste fuera presentado, estas resoluciones serán firmes a todo los efectos.

2. El importe de la sanción, así como el de la indemnización, se hará efectivo dentro del plazo de quince días, contado desde el momento en el que la resolución sea firme, en la cuenta nº 120.596, del Banco Pastor (0072) oficina principal (0401). De no hacerlo dentro del plazo señalado se procederá a su cobro por la vía de apremio.

3. El rescate de lo comisado, en el caso de que se trate de utensilios de uso lícito, podrá obtenerse previo pago de la cuantía total de la sanción y de la indemnización dentro del plazo establecido en el parráfo anterior.

P.D. (23-11-1995)

Tomás Fdez.-Couto Juanas

Director general de Montes y Medio Ambiente Natural

ANEXO

-Expediente-Denunciado

-Último domicilio conocido

-Hecho denunciado-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

237/1993Manuel Acha Paz

Oubiña

Cambados (Pontevedra)

Pescar con red el día 6 de agosto de 1993.Artículo 35.2º de la Ley

7/1992, de pesca fluvial

Artículo 35 de la Ley

7/1992, de pesca fluvial

500.001 ptas.

265/1993Eduardo Abuín Raño

Brión-Leiro

Rianxo (A Coruña)

Pescar con butrón en el río Ulla.Artículo 35.5º de la Ley

7/1992, de pesca fluvial

Artículo 35 de la Ley

7/1992, de pesca fluvial

500.001 ptas.

95-8443