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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 237 Miercoles, 13 de diciembre de 1995 Pág. 9.345

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 21 de noviembre de 1995 por la que se aprueba el cambio de dominio mortis causa de las bateas de cultivo de mejillón denominadas G.M.P. número 1 y DAMA número 2, a favor de Generosa Miranda Pérez, José Miguel y Mª José Outeiral Miranda.

Visto el expediente de cambio de dominio que a continuación se menciona, instruido a efectos de la transmisión de la concesión administrativa pertinente y del establecimiento que la ampara; teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 59 de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia (DOG nº 101 del 31 de mayo de 1993), y que fue acreditada la transmisión de derechos invocada y abonado el impuesto correspondiente.

Esta consellería en virtud de las atribuciones conferidas, a la vista del informe favorable del Servicio Jurídico de Planificación, acordó acceder a lo solicitado, proclamando la nueva titularidad de la concesión y de los establecimientos que se relacionan a continuación:

Denominación de la batea: G.M.P. nº 1.

Cultivo: mejillón.

Localización: Pobra do Caramiñal E, cuadrícula 134.

Fecha de la concesión: 19-6-1974.

Fecha de finalización de la última prórroga:14-08-2.004.

Anterior concesionario: Wenceslao Outeiral Carreño y Generosa Miranda Pérez.

Nuevos titulares de la concesión y batea: Generosa Miranda Pérez y Mª José Outeiral Miranda (usufructuaria de la mitad indivisa: Generosa Miranda Pérez).

Denominación de la batea: Dama nº 2.

Cultivo: mejillón.

Localización: Pobra de Caramiñal H, cuadrícula 12.

Fecha de la concesión: 29-2-1964.

Fecha de finalización de la última prórroga: 30-3-2004.

Anterior concesionario: Wenceslao Outeiral Carreño.

Nuevos titulares de la concesión y batea: José Miguel Outeiral Miranda (usufructuaria de la mitad indivisa: Generosa Miranda Pérez).

Los nuevos titulares quedan subrogados en los mismos derechos y obligaciones del anterior concesionario, así como obligados al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes que le sean aplicables y de rango suficiente.

A Coruña, 21 de noviembre 1995.

P.D. (Orden 27-6-1990)

Jesús Espada Martínez

Delegado territorial de Pesca, Marisqueo y Acuicultura

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