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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 228 Martes, 28 de noviembre de 1995 Pág. 9.059

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 1995, de la Delegación Provincial de A Coruña, de notificación de los acuerdos de iniciación de los procedimientos sancionadores de caza números 95/0057 y 95/0059.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan que, con esta fecha, resolví publicar los acuerdos de iniciación de los procedimientos sancionadores por infracción de la Ley 1/1970, de 4 de abril, de caza (BOE nº 82, del 6-4-1970), y de su reglamento, aprobado por el Decreto 506/1971, de 25 de marzo (BOE nº 76, del 30-3-197 (corrección errores nº 112, del 11-5-1971), por no ser posible su notificación.

Se nombra instructora del procedimiento a Beatriz Rodríguez Fraga, funcionaria de esta delegación, pudiendo promover su recusación en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

La resolución será acordada por el delegado provincial de esta consellería, según el artículo 49 del reglamento de caza, en relación con el Real decreto 167/1981, de transferencias de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autó

noma de Galicia en materia de conservación de la naturaleza.

Los interesados dispondrán de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de publicación de esta notificación, para que puedan examinar los expedientes en la Delegación Provincial de esta consellería de A Coruña, sita en el edificio administrativo de servicios múltiples Monelos, y para aportar por escrito cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas, estimen convenientes en defensa de sus derechos.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de 4 de agosto de 1993, de no efectuar alegaciones en el plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose, a estos efectos, el importe de la sanción.

El pago voluntario podrá fin al expediente. Para efectuarlo deberá emplear los impresos normalizados que les serán facilitados en esta delegación provincial, sita en el edificio administrativo de servicios múltiples Monelos, A Coruña.

Lo que les comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo dispuesto en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobada por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9-8).

A Coruña, 27 de junio de 1995.

Rogelio Aramburu Núñez

Delegado provincial de A Coruña

ANEXO

Tipificación infracción

Ley de caza

Procedimiento

sancionador

número

Denunciado

DNI

Último domicilio conocido

Hechos imputadosArtículo

infringido

Calificación

infracción

Sanción

propuesta

C-95/0057Manuel Pérez Vázquez

32.326.595-A

A Cabana-Castro, 20, Anceis

Cambre

No impedir que los perros propios vaguen sin control por terrenos de régimen cinegético especial sin autroización.48.2º 24Menos grave3.500 multa
C-95/0059José Mª Hernández Iglesias

33.200.069

Betanzos, 1

Santiago de Compostela

No impedir que los perros propios vaguen sin control por terrenos de régimen cinegético especial sin autroización.48.2º 24Menos grave3.500 multa

95-7503