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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 225 Jueves, 23 de noviembre de 1995 Pág. 8.613

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 13 de noviembre de 1995 por la que se crea el polígono de viveros denominado Portonovo «D» del distrito marítimo de Portonovo y se declaran como de reserva exclusiva las cuadrículas que lo integran.

Teniendo en cuenta las graves repercusiones que la proliferación de dinoflagelados tóxicos está causando en los últimos años sobre la producción de la mayor parte de los viveros ubicados en polígonos de esta Comunidad Autónoma, es por lo que por Orden de 22 de marzo de 1994 se declararon de reserva exclusiva determinadas cuadrículas de diversos polígonos de viveros flotantes.

Considerando la evolución de los últimos episodios de mareas rojas, las peticiones del sector en demanda de zonas de reparqueo para autodepuración y vistos los estudios realizados por técnicos de la Dirección General de Marisqueo y Acuicultura se deduce la conveniencia de crear polígonos de viveros flotantes destinados al reparqueo de moluscos bivalvos. Dichos polígonos deberán ubicarse en zonas que presenten niveles bajos de toxicidad por fenómenos de floración fitoplanctónica, con el fin de evitar en la medida de lo posible la incidencia negativa que los episodios de mareas rojas suponen para la producción y comercialización de moluscos bivalvos en la Comunidad Autónoma gallega.

Por todo ello, esta consellería, haciendo uso de las facultades que le concede el apartado d) del artículo 6, y el artículo 63, de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia,

DISPONE:

Primero.

Se declara de interés para la acuicultura la superficie de 70.400 m ocupados por el polígono de viveros denominado Portonovo «D» con la situación y circunstancias que se indican en el anexo de esta orden.

Segundo.

La totalidad de las cuadrículas que constituyen el citado polígono Portonovo «D» se definen como de reserva exclusiva por lo que su destino y condiciones de otorgamiento serán las señaladas en la Orden de 22 de marzo de 1994 (DOG nº 80).

Disposiciones finales.

Primera.

Se faculta al director general de Marisqueo y Acuicultura para dictar las resoluciones que fueran precisas para el desarrollo de esta orden.

Segunda.

La presente orden entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

ANEXO

Denominación del polígono: Portonovo «D»

Situación geográfica: entre Combarro y la isla de Tambo.

Coordenadas, vértices:

Vértice «A»: 42º 25' 18,75''08º 42' 19,40''

Vértice «B»: 42º 25' 20,04''08º 42' 12,64''

Vértice «C»: 42º 25' 04,94''08º 42' 14,39''

Vértice «D»: 42º 25' 06,32''08º 42' 07,63''

Estas coordenadas han sido obtenidas de la carta nº 4162, publicada por el Instituto Hidrográfico de la Marina (Cádiz) referida al Puerto de Marín.

Superficie total ocupada: 70.400 m

Capacidad: 12 cuadrículas

Destino previsto: reparqueo de moluscos

Santiago de Compostela, 13 de noviembre de 1995.

Juan Caamaño Cebreiro

Conselleiro de Pesca, Marisqueo e Acuicultura

9507609