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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 223 Martes, 21 de noviembre de 1995 Pág. 8.558

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA

ANUNCIO de aprobación inicial de la modificación de la actual unidad de ejecución número 14 del PGOU, sita en Pedra do Lagarto-A Parda.

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 28 de septiembre de 1995, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.-Prestar aprobación, con carácter inicial, a la propuesta instada a iniciativa particular por José Márquez Souto y Eugenio Sobral Fernández, en su propio nombre y en representación de María Cruz Martínez Martínez, de modificación de la actual unidad de ejecución número 14, sita en Pedra do Lagarto-A Parda, mediante su conversión en dos unidades de ejecución, denominadas U.E.-14.1 y U.E.-14.2, de acuerdo con el proyecto presentado por los promotores el día 13 de agosto de 1995, que será diligenciado por la secretaría general.

Segundo.-Facturar a la alcaldía para la formalización del convenio a suscribir entre esta Administración municipal y los citados promotores, mediante el cual se establezcan, como condiciones exigibles por las partes con arreglo a derecho, las garantías procedentes por las que se asegure la ejecución del vial que atraviesa la actual unidad número 14, integrante del sistema general viario, y los terrenos de su propiedad destinados por el planeamiento a equipamiento público junto a su puesta a disposición a este ayuntamiento y mediante el cual, como medida aseguradora de la justa distribución de beneficios y cargas se garantice también la compensación por los promotores de la modificación de la unidad de la compensación del 1,5 por 100 de aumento de cargas generadas en la unidad de ejecución 14.2, cediendo a su vez dichos promotores los terrenos dedicados a equipamiento en la unidad de ejecución 14.2 de su propiedad y comprometerse a la gestión y ejecución de esta unidad resultante. De

la formalización de este convenio y la garantía de estas actuaciones dependerá la aprobación definitiva de este procedimiento, dándose cuenta al Pleno de la Corporación del convenio suscrito.

Tercero.-Denegar la solicitud de sustitución del sistema de actuación denominado de compensación por el procedimiento de reparcelación voluntaria, ya que este sistema aplicado de compensación, de eficaz gestión privada viene determinado como uno de los establecidos por la legislación urbanística y así lo ha recogido la propia normativa del PERI aplicado de la unidad de actuación número 14.

Cuarto.-Someter a información pública el expediente por plazo de un mes mediante la publicación de anuncio en el Diario Oficial de Galicia, BOP, tablón de edictos del ayuntamiento y en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia, a efectos de que durante dicho período puedan formularse las alegaciones y sugerencias pertinentes, computándose el momento inicial del plazo de alegación a partir de la inserción del anuncio en el Diario Oficial de Galicia».

Durante el plazo de un mes, contado a partir de la inserción de este anuncio en el Diario Oficial de Galicia, cualquier interesado podrá examinar la documentación inicialmente aprobada en la unidad de fomento de este ayuntamiento (rúa Doña Teresa) y formular las alegaciones que estime convenientes.

Pontevedra, 23 de octubre de 1995.

Juan Luis Pedrosa Fernández

Alcalde

Julio Dapena Outomuro

Secretario general

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