En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y para los efectos previstos en éste, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y estatutos de la Asociación de Independentes da Dobraxe de Galicia -IDG- que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán formar parte de dicha asociación los actores y directores de doblaje, los miembros de los cuerpos de producción y/o administración, los traductores y/o ajustadores de diálogos, los técnicos de sonido, sala, mezclas y efectos, y los supervisores lingüísticos que lleven a cabo su actividad profesional en el sector del doblaje en Galicia.
Firman el acta de constitución: Santiago María Salorio del Moral y seis personas más.
Santiago de Compostela, 7 de noviembre de 1995.
Juan Pedrosa Vicente
Director general de Relaciones Laborales
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