Advertidos errores en la Orden de 31 de mayo de 1995, publicada en el DOG nº 125, de 30 de junio, por la que se regula la expedición y revalidación del permiso de explotación para ejercer la actividad pesquera y marisquera, es necesario hacer las oportunas correcciones:
En el artículo 11º.1 donde dice: «... comprendido entre el 1 y el 31 de mayo», debe decir: «... comprendido entre el 1 y el 31 de enero».
En el artículo 11º.2, deberá suprimirse: «d) 2 fotografías tamaño carnét.».
En el artículo 11º.-De la revalidación, deberá añadirse:
«3.-Cada 5 años será necesario presentar además los certificados que acrediten que se reúnen los requisitos previstos en los apartados f) y g) del artículo 17 del Decreto 425/1993».
En el artículo 15º.3 donde dice: «... en el artículo 1º y 7º.4 de esta orden», debe decir: «... en el artículo 1º y 7º.3 de esta orden».
Los anexos II, III, IV, VI, VIII y IX deben ser sustituidos por los que se publican a continuación: