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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 210 Jueves, 02 de noviembre de 1995 Pág. 8.051

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

ORDEN de 24 de octubre de 1995 por la que se amplían los plazos de justificación de las inversiones realizadas al amparo de las órdenes de ayudas para 1995 de la Consellería de Industria e Comercio.

La Consellería de Industria e Comercio dictó en el año 1995 la Orden de 6 de marzo de 1995 por la que se convoca y regula el régimen de concesión de ayudas a industrias que realicen investigaciones, estudios y gestión de residuos industriales encaminados a mejorar y controlar el medio ambiente industrial así como a las empresas mineras o asociaciones de empresas para el desarrollo de acciones encaminadas a disminuir el deterioro que las actividades mineras causan en el medio ambiente para 1995 (DOG nº 59, 24-3-1995); la Orden de 6 de marzo de 1995 por la que se convoca y regula el régimen de concesión de ayudas para la prestación de servicios tecnológicos, promoción del sector textil y de la confección, investigación y desarrollo, normalización, homologación y calidad para 1995 (DOG nº 59, 24-3-1995); la Orden de 6 de marzo por el que se convoca y regula el régimen de concesión de ayudas para la creación, mejora y acondicionamiento de talleres artesanos (DOG nº 59, 24-3-1995); la

Orden de 6 de marzo de 1995 por la que se convoca y regula el régimen de concesión de ayudas a empresas o asociaciones de empresas para la realización de investigaciones mineralúrgicas y geológico-mineras encaminadas al mejor conocimiento y aprovechamiento de los recursos objeto de explotación para 1995 (DOG nº 60, 27-3-1995); la Orden de 6 de marzo de 1995 por la que se convoca y regula el régimen de concesión de ayudas a ayuntamientos y empresas privadas para mejorar la eficiencia energética de Galicia y la formación tecnológica en materia de gas para 1995 (DOG nº 63, 30-3-1995); la Orden de 6 de marzo de 1995 por la que se regula la concesión de subvenciones

para inversiones con destino a la promoción de mercados detallistas, zonas peatonales-comerciales y otros equipamientos comerciales de carácter social (DOG nº 81 del 27-4-1995).

En las citadas disposiciones se establece como requisito indispensable para el pago de la ayuda la presentación, antes de 31 de octubre de 1995 y el 15 de noviembre por la orden publicada en el DOG 81 del 27-4-1995, de la documentación acreditativa de la inversión realizada.

El alto número de solicitudes presentadas motivó un dilatado proceso de evaluación de los proyectos y resolución de los respectivos expedientes, por lo que se considera necesario ampliar el plazo de justificación de las inversiones llevadas a cabo por los solicitantes.

En su virtud, en uso de las atribuciones que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo único.-Ampliar el plazo para la ejecución y justificación de las inversiones subvencionadas al amparo de las órdenes de la Consellería de Industria e Comercio de 6 de marzo de 1995, hasta el 30 de noviembre de 1995.

Santiago de Compostela, 24 de octubre de 1995.

Antonio Couceiro Méndez

Conselleiro de Industria y Comercio

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