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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 199 Martes, 17 de octubre de 1995 Pág. 7.670

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE CULTURA

RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 1995, de la Dirección General del Patrimonio Histórico y Documental, por la que se incoa expediente para la declaración de la delimitación del entorno del templo parroquial de San Pedro Fiz de Hospital en el Ayuntamiento de O Incio (Lugo).

Por Real decreto de 19 de junio de 1981, Boletín Oficial del Estado del 10 de agosto de 1991, fue declarado bien de interés cultural con categoría de monumento histórico artístico el templo parroquial de San Pedro Fiz de Hospital, en el municipio de O Incio, Lugo.

Siendo la devandita declaración anterior a la entrada en vigor de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del patrimonio histórico español, es preciso en la actualidad concretar la delimitación de su entorno.

En consecuencia, y vistos los informes de los servicios técnicos y órganos consultivos, favorables a la incoación del expediente para la declaración de la delimitación del entorno del templo parroquial de San Pedro Fiz de Hospital, en el municipio de O Incio, Lugo, esta dirección general,

RESUELVE:

Primero.-Tener por incoado expediente para la declaración de la delimitación del entorno del templo parroquial de San Pedro Fiz de Hospital, en el municipio de O Incio, Lugo.

Proteger este monumento y la zona afectada por la incoación, siendo su delimitación la siguiente:

El punto 1 da línea de delimitación del entorno de la iglesia de San Pedro Fiz de Hospital queda definido en el eje de las carreteras Cruz de O Incio-Ferrería y A Pobra de Brollón-Hospital.

Continúa por el eje de la carretera a A Pobra de Brollón hasta el punto 2 , situado en dicho eje de la carretera a la altura del linde noroeste de la parcela catastral 126 (donde se en cuentra el cementerio). La línea recorre los lindes de esta parcela hasta volver a salir a la carretera que va a A Pobra, donde se sitúa el punto 3.

Discurre a partir de este punto, atravesando la carretera por el eje de un camino de tierra hasta el punto 4, a partir del cual continúa por el linde oeste de la parcela catastral 7(p-52) hasta encontrar, hacia el sur, un camino que sigue en dirección nordeste hasta el punto 5 donde se desvía por otro eje del camino, en dirección oeste hasta el punto 6, en dicho eje, a partir del cual empieza a discurrir por los lindes sur de las parcelas catastrales 30, 33, 5 y 19 donde se encuentra el punto 7, en el camino que conduce a la carretera de Ferrería.

En el encuentro de los ejes del camino y de la carretera citados se encuentra el punto 8.

A partir de éste, continúa, después de atravesar la carretera, por los lindes este de las parcelas catastrales 2-g, 2-d, y 2-f (p-46), donde se fija el punto 9.

A partir de este recorre el eje de un camino en dirección norte, al llegar al cauce de un riachuelo, el camino cambia de dirección hacia el sur, donde se encuentra el punto 10 a la altura de la parcela 334 (p-46), sigue en dirección norte por los lindes noroeste de las parcelas catastrales 334 y 333 (p-46) hasta el punto 11 situado en el eje de un camino que en dirección sur conduce hasta el lugar de Hospital, punto 12 de la línea de delimitación.

Bordeando todo el núcleo de la población se encuentra el punto 13 situado en el cruce del acceso a dicho núcleo con la carretera O Incio-Ferrería.

Segundo.-Seguir la tramitación del expediente según las disposiciones vigentes.

Tercero.-Dar traslado de la resolución al alcalde de O Incio, Lugo, y notificarle que el otorgamiento de nuevas licencias de obras y la ejecución de las ya concedidas antes de incoarse el expediente, precisarán resolución favorable de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental.

Cuarto.-Notificar la presente resolución al Obispado de Lugo, al Registro de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura, y al Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia.

Quinto.-Que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial del Estado, abriéndose un período de información pública de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de septiembre de 1995.

Ángel Sicart Martínez

Director general de Patrimonio Histórico y Documental

9505683