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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 194 Lunes, 09 de octubre de 1995 Pág. 7.507

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 28 de agosto de 1995, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la incoación del expediente sancionador P-10/1995 y ocho más (pesca-Pontevedra).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan la incoación de los expedientes sancionadores por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial.

Que asimismo designo instructora del expediente a Pilar Pita Ponte y secretaria a Mercedes Valdés Rodríguez.

Lo que se notifica, a los efectos previstos en el artículo 29 de la citada Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, pudiendo recusarlos en cualquier momento del expediente por alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la citada ley.

A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los denunciados dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para formular las alegaciones, aportar los documentos o aportar las pruebas que convengan a su derecho, advirtiéndoles que de no efectuar alegación ninguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, de darse los supuestos previstos en el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE 9-8-1993).

Pontevedra, 28 de agosto de 1995.

Manuel Abeledo López

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

-Expediente-Denunciado

-Último domicilio conocido

-Hecho denunciado-Precepto infringido-Precepto sancionador-Sanción

P-10/95Manuel Andrade Sánchez

Bellavista, 27

A Coruña

Pescar en época de veda. El día 28-1-1995, en el río Ulla.Art. 34.8º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.Art. 34 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.50.001 e Inh.

para obtener Lic.

de pesca

en 1 año.

P-216/95Jesús Leboran Martínez

Lavacolla, Sampaio

Santiago de Compostela

Pescar sin licencia. El día 13-5-1995 en el río Ulla.Art. 34.1º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.Art. 34 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.50.001 e Inh.

para obtener Lic.

de pesca

en 1 año

P-235/95Luis Porto Troncoso

Areas, Ganade

Ponteareas

No retirar la estacada de pesca de la lamprea, en período establecido en la normativa para su pesca. El día 18-5-1995, en río Tea.Art. 34.16º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.Art. 34 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.50.0001 e Inh.

para obtener Lic.

de pesca

en 1 año.

P-242/95Ángel Luis Piñeiro Bures

Campaña

Valga

Pescar sin licencia. El día 20-5-1995 en el río Ulla.Art. 34.1º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.Art. 34 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.500.001 e Inh.

para obtener Lic.

de pesca

en 1 año

P-243/95Jesús Silva Meire

C/ Alemania, 21 B-B

Monteporreiro

Pontevedra

Pescar sin estar en posesión de licencia y sin permiso de coto, en zona vedada el día 25-5-1995, en el río Lérez, en el coto de Monteporreiro.Art. 34.1º, 34.6º y 34.10º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.Art. 34 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.55.000 e Inh.

para obtener Lic.

de pesca

en 1 año

P-256/95Emilio Portela Peleteiro

Andalucía, 190

Vigo

Pescar 5 truchas de medida inferior a la permitida. El día 28-5-1995, en el río Uma.Art. 33.9º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.Art. 33 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.5.000 ptas.

e 5.000

de Indemn.

P-260/95Fernando González Torre

Av. Mestre Manuel Gómez, 2

Vedra (A Coruña)

Pescar encima de una presa, no sumergida, el día 1-6-1995, en el río Ulla.Art. 34.7º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.Art. 34 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.50.001 e Inh.

para obtener Lic.

de pesca

en 1 año

P-261/95Roberto Vidal Blanco

Rúa Rial, 15

Soutomaior

Pescar encima de una presa, no somergida y con cucharilla del nº 3, el día 31-5-1995, en el río Ulla.Art. 34.7º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.Art. 34 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.50.001 e Inh.

para obtener Lic.

de pesca

en 1 año

P-271/95José A. Llorena Caamaño

Terroeiro

Valga

Pescar sin licencia, el día 1-6-1995, en el río Ulla.Art. 34.1º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.Art. 34 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial.50.001 e Inh.

para obtener Lic.

de pesca

en 1 año

9506238