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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 186 Miercoles, 27 de septiembre de 1995 Pág. 7.279

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS DE RIBEIRA

CÉDULA de emplazamiento (326/1995).

Que en los presentes autos de separación matrimonial número 326/1995, promovidos por María Josefa Reino Seráns, contar José Adelino Prego Prego, se ha dictado la resolución siguiente:

Propuesta de providencia.

Secretario/a del Castillo de Comas.

En Ribeira a uno de septiembre de mil novecientos noventa y cinco, dada cuenta, por presentada la anterior demanda con los documentos que la acompañan y copias preceptivas, a las que se dará su destino legal, fórmense los oportunos autos que se registrarán con los de su clase.

Se admite a trámite la demanda de separación matrimonial que se insta la que se sustanciará según las normas procesales que le son propias y, confiérase traslado al demandado José Adelino Prego Prego para que en el improrrogable plazo de veinte días comparezca en autos, personándose en forma, y conteste a la demanda, formulando en su caso reconvención, bajo apercibimiento de que, si no lo verificare, será declarado en rebeldía y le pararán los demás perjuicios que señala la ley. Librando a tal fin cédula que se publicará en el DOG por desconocerse el paradero del mismo.

Se tiene por personado y parte, en la representación de María Josefa Reino Seráns al procurador Liñares Martínez, según acredita con la oportuna copia de poder con quien se entenderán las sucesivas diligencias en la forma que determina la ley.

Emplácese al Ministerio Fiscal dada la existencia de hijos menores.

Así lo propongo y firmo.

El/La juez. Rubricado. Ante mi.

Y para que sirva de emplazamiento en legal forma a todos los fines y términos legales a José Adelino Prego Prego, libro y firmo la presente cédula en Ribeira a uno de septiembre de mil novecientos noventa y cinco.

El secretario

Rubricado

95-6071