De conformidad con lo establecido en el Decreto 261/1994, de 29 de julio (DOG nº 158, del 17 de agosto), por el que se modifica la estructura orgánica de los servicios centrales de la Secretaría General para el Turismo y según lo dispuesto en el artículo 27.2º de la Ley 4/1988, de 26 de mayo, reformada por la Ley 3/1995, de 10 de abril, de la función pública de Galicia, y en uso de las atribuciones con
feridas por el artículo 15.4º de la misma ley, esta consellería,
DISPONE:
Primero.-Anunciar la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de esta orden.
Segundo.-Podrán concurrir todos los funcionarios que reúnan los requisitos que se exigen y que se especifican en el anexo I.
Tercero.-Las solicitudes para participar en esta convocatoria podrán presentarse en el registro general de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública o en cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El plazo para la presentación de instancias será de quince
días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. El modelo de la solicitud se publica en el anexo II.
Cuarto.-Los aspirantes deberán añadir a su solicitud un currículum vitae y justificar mediante certificación o copia compulsada los méritos que aleguen.
Quinto.-El nombramiento de los funcionarios con destino definitivo en otra Administración pública o que presten sus servicios en la Comunidad Autónoma como consecuencia de una comisión de servicios concedida conforme a lo dispuesto en la disposición transitoria octava, punto 4º de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que resultaran seleccionados para ocupar los puestos de trabajo anunciados, estarán condicionados a que su Administración emita informe favorable sobre ellos, conforme a lo previsto en el Real decreto 28/1990, de 15 de enero, y demás disposiciones concordantes.
Sexto.-La resolución de esta convocatoria se hará pública en el DOG, y podrá declararse desierto el puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I, si se considerase oportuno.
Séptimo.-El plazo de toma de posesión será de tres días si el destino anterior estuviera en la misma localidad, o de un mes, si estuviera en localidad distinta o llevase consigo el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contarse desde el día siguiente al de su cese que deberá producirse dentro de los tres días siguientes al de la publicación en el DOG o desde la fecha en que se le comunique la resolución del traslado a la Comunidad Autónoma, para el caso de los funcionarios de otras administraciones públicas.
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión comenzará a contar desde la fecha siguiente al de la publicación de la resolución.
Octavo.-Contra la presente orden que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo previsto en la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, de 27 de diciembre de 1956, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a partir del día de su publicación, después de comunicarlo a esta consellería, según lo previsto en el artículo 110.3º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Santiago de Compostela, 3 de agosto de 1995.
Dositeo Rodríguez Rodríguez
Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública
ANEXO I
Código: PRP050000015770001.
Denominación del puesto: secretaría dirección.
Centro directivo: Secretaría General para el Turismo.
Localidad: Santiago de Compostela.
Cuerpo o escala: Administración general.
Grupo: D.
Nivel: 18.
Específico: 506.772.
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