De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4 de la Ley de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a los denuniados con los datos personales y última dirección conocida que se señala a continuación, las resoluciones de los correspondientes expedientes sancionadores acordadas por el delegado provincial de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes de Ourense, por presuntas infracciones a la Ley 7/1992 del 24 de julio de pesca fluvial (DOG nº 151 del 5 de agosto).
Los denunciados dispondrán de un plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de la publicación
de esta notificación, para interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Montes, bien directamente en la propia consellería, a través de esta delegación provincial, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4º de la mencionada ley de procedimiento. Transcurrido este plazo la resolución será firme.
Que en el mismo plazo de que, si es el caso, dispone para interponer recurso oridinario, podrá hacer efectiva la sanción impuesta, de no desear impugnar, en cualquiera oficina de Caixa Ourense, nº de cuenta 44/030/003918/8.
Transcurridos los plazos señalados, sin tener constancia de la interposición del recurso o del abono de la sanción, se procederá a notificar a la Delegación de Economía y Hacienda para el inicio de la vía administrativa de apremio.
Ourense, 22 de agosto de 1995.
Jacobo Gómez-Orellana Rodríguez
Delegado provincial de Ourense
conocida y sancionador impuesta-Expediente -Denunciado -Última dirección
-Hecho denunciado -Precepto infringido
-Sanción
Vigo (Pontevedra)
156/1994 P José Sousa Pérez Baixada Río Miño, P3, 1º Izda. Pesca sin licencia Art. 34.1º de la Ley 7/1992 de pesca fluvial 50.001 ptas.
185/1994 P Juan Manuel Prol Antón C/ Nicaragua, 12, 4º
Pescar sin licencia Art. 34.1º de la Ley 7/1992 de pesca fluvial 50.001 ptas.
95-5864