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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 174 Lunes, 11 de septiembre de 1995 Pág. 6.898

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (254/1993).

Rosa Tesouro Cid, oficial en funciones de secretaria, en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Santiago de Compostela.

Hace saber que, en los autos de juicio de cognición número 254/1993, seguido en este juzgado, ha recaído sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«En Santiago de Compostela a veinticuatro de mayo de mil novecientos noventa y cinco. Leonor Castro Calvo, magistrada-jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de los de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos de juicio de coganición 254/1993, promovidos a instancia de Antonio Fernández Durán, S.L. y en su representación, el procurador de los tribunales Regueiro Muñoz contra Ángel González Solla representado por la procuradora Sánchez Silva y contra Todolar, S.L. en situación procesal de rebeldía.

Fallo que debo eastimar y estimo la demanda deducida por el procurador Regueiro Muñoz, en nombre y representación de la entidad Antonio Fernández Durán, S.L. contra Ángel González Solla representado por la procuradora Sánchez Silva y contra la entidad Todolar, S.L. y, en consecuencia, declaro resuelto el contrato de arrendamniento del bajo de la casa nº 1 de la c/ General Pardiñas de esta ciudad de Santiago de Compostela concertado entre la actora y el demandado Ángel González Solla el 25 de febrero de 1982; condenando a los demandados a que, reconociéndolo así, dejen libre y a disposición de la actora el referido bajo, dentro del plazo establecido; todo ello con expresa imposición de costas a los demandados.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a partir de su notificación. Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Publicado el mismo daía de su fecha.»

Y para que así conste y sirva de notificación en forma al demandado en situación procesal de rebeldía

entidad Todolar, S.L., expido el presente edicto en Santiago de Compostela a veintitrés de junio de mil novecientos noventa y cinco.

La secretaria en funciones

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