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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 173 Viernes, 08 de septiembre de 1995 Pág. 6.877

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO SESENTA Y CUATRO DE MADRID

EDICTO de subasta (827/1993).

Yo, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia número sesenta y cuatro de Madrid, hace saber que en este juzgado se tramita juicio declarativo de menor cuantía rec. cantidad 00827/1993, a instancia de José Dopazo Carballo, representado por la procuradora Isabel Julia Corujo, contra Arsenio García González y Consuelo Cores Villaverde y en ejecución de sentencia dictada en ellos se anuncia la venta en pública subasta, por término de veinte días, de los bienes inmuebles embargados al demandado Arsenio García González y Consuelo Cores Villaverde, que han sido tasados pericialmente en la cantidad de dieciséis millones de pesetas. Cuyo remate tendrá lugar en la sala de audiencia de este juzgado, sito en la calle Capitán Haya, número 66, 6ª planta, en la forma siguiente:

En primera subasta, el día nueve de octubre de 1995 próximo y hora de las 10.30, por el tipo de tasación.

En segunda subasta, caso de no quedar rematados los bienes en la primera, con rebaja del veinticinco por ciento del tipo, el día 6 de noviembre de 1995 próximo a la misma hora.

Y en tercera subasta, si no se rematara en ninguna de las anteriores, el día cuatro de diciembre de 1995 próximo a la misma hora, sin sujeción a tipo pero con las demás condiciones de la segunda.

Se advierte que no se admitirá postura, en primera ni en segunda subasta, que no cubran las dos terceras partes de los tipos de licitación, que para tomar parte deberán consignar previamente los licitadores, en la mesa del juzgado o en el Banco Bilbao Vizcaya, sucursal calle Capitán Haya, número 66, cuenta de consignaciones número 2661, clave 1582793, la cantidad del 25% de los respectivos tipos de licitación; que las subastas se celebrarán en forma de pujas a la llana, si bien, además, hasta el día señalado para el remate podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado; que no podrá licitarse en calidad de ceder el remate a un tercero, a excepción de la parte actora; que, a instancia del actor, podrán reservarse los depósitos de aquellos postores que hayan cubierto el tipo de subasta y lo admitan, a efectos de que si el primer adjudicatario no cumpliese sus obligaciones, pueda aprobarse el remate a favor de los que le sigan, por

el orden de sus respectivas posturas; que los títulos de propiedad, suplidos por certificación registral, estarán de manifiesto en la secretaria de este juzgado, debiendo conformarse con ellos los licitadores, que no tendrán derecho a exigir ningunos otros; que, asimismo, estarán de manifiesto los autos; y que las cargas anteriores y las preferentes, si las hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes y sin cancelar, entendiéndose que el rematante las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de las mismas, sin destinarse a su extinción el precio del remate.

Finca objeto de licitación:

Piso 12, derecha, de la casa número 53 de la Avda. de Fernández Latorre de A Coruña, inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de A Coruña, libro 505, folios 227 y siguientes, finca número 29.961.

Dado en Madrid a dieciocho de julio de mil novecientos noventa y cinco.

El magistrado-juez

Rubricado

La secretaria

Rubricado

95-4974