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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 172 Jueves, 07 de septiembre de 1995 Pág. 6.855

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CUATRO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (2822/1989).

Lorenzo Villalpando Lucas, secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de Santiago de Compostela, hago saber que en este juzgado se siguen actuaciones de juicio de faltas con el número 2822/1989, por lesiones en accidente de tráfico, en los que con fecha 26-4-1995 se ha dictado por la Audiencia Provincial de A Coruña sentencia en grado de apelación cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

«Carlos López Keller, como magistrado unipersonal de la sección quinta de la Audiencia Provincial de A Coruña, ha pronunciado el siguiente auto en A Coruña a veintiséis de abril de mil novecientos noventa y cinco:

Hechos:

Primero.-Que en los autos de juicio de faltas seguido ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número cuatro de Santiago de Compostela con el número 2822/1989, se ha dictado sentencia con fecha de 30 de enero de 1992 contra la cual, notificada a las partes, se interpuso recurso de apelación por la entidad Segurauto, que fue admitido en ambos efectos, y remitidas las actuaciones a esta audiencia, previos los oportunos emplazamientos efectuados a las

partes para su comparecencia ante la misma en el plazo de cinco días, fueron repartidas a esta sección quinta, incoándose el rollo número 47/1995.

Segundo.-Que, según participa la oficina de registro y reparto, dentro del término de los emplazamientos, no ha comparecido ni presentado escrito de personamiento alguno la entidad apelante Segurauto, tampoco el Consorcio de Compensación de Seguros.

Parte dispositiva.

Se declara desierto, el recurso de apelación interpuesto por la entidad Segurauto contra la sentencia dictada en el juicio de faltas a que se hace mención en el hecho primero de la presente resolución y, en consecuencia, firme la expresada sentencia.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas y de verificado remitanse las diligencias originales con testimonio del presente edicto al juzgado instructor.

Así lo acuerda, manda y firma Carlos López Keller. Firmado».

Y para que sirva de notificación de la sentencia recaída en grado de apelación a Miguel Hernández Jiménez y Armando Gómez Castro, los cuales se hallan en ignorado paradero, se expide el presente edicto en Santiago de Compostela a veinticuatro de junio de mil novecientos noventa y cinco.

El secretario

Rubricado

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