Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 171 Miercoles, 06 de septiembre de 1995 Pág. 6.838

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

CÉDULA de 31 de julio de 1995, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la propuesta de resolución de expedientes sancionadores (P-275/1994 y dos más) (pesca-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la propuesta de resolución por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial.

A los efectos previstos en el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, los denunciados en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, podrán examinar el expediente en el Servicio de Medio Ambiente Natural, sito en c/ Benito Corbal, 47-5ª planta, y presentar ante el instructor las alegaciones que se consideren convenientes.

Pontevedra, 31 de julio de 1995.

Pilar Pita Ponte

Instructora

ANEXO

-Expediente-Denunciado

-Última dirección conocida

-Hecho denunciado-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

P-274/1995Miguel Ruibal Pose

Poblado de celulosas, 19

Mollabao-Pontevedra

Verter a las aguas y en sus inmediaciones residuos sólidos urbanos, en el río Aguedelo, lugar de O Areal, del Ayuntamiento de Barro. El día 2.12.1995.Art. 34.21º y 35.10º, de la Ley 7/1992 de pesca fluvial.Art. 34 e 35 de la Ley 7/1992 de pesca fluvial.2.500.000 ptas. a pagar conjuntamente con dos denunciados en el expte. e inh. para obtener la licencia de pesca en 1 año y 1 día.

P-274/1995Santiago Fdez. Bacariza

Poblado de celulosas, 19

Mollabao-Pontevedra

Verter a las aguas y en sus inmediaciones residuos sólidos urbanos, en el río Aguedelo, lugar de O Areal, del Ayuntamiento de Barro. O día 1.12.1994.Art. 34.21º y 35.10º, de la Ley 7/1992 de pesca fluvialArt. 34 y 35 de la Ley 7/1992 de pesca fluvial2.500.000 ptas. a pagar conjuntamente con dos denunciados en el expte. e inh. para obtener la lic. de pesca en 1 año y 1 día.

P-62/1995Santiago Feez. Bacariza

c/ Outeiro, Vilaboa.

Verter basura y escombros en la orilla del río Agudelo, formando entullos, en el río Agudelo. El día 2.12.1994Art. 34.21º y 35.10º, de la Ley 7/1992 de pesca fluvialArt. 34 y 35 de la Ley 7/1992 de pesca fluvial2.500.000 ptas. a pagar conjuntamente con dos denunciados en el expte. e inh. para obtener la lic. de pesca en 1 año y 1 día.

-Expediente-Denunciado

-Última dirección conocida

-Hecho denunciado-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

P-213/1995Severino López Vidal

Herbón-Padrón

Pescar sin licencia estando inhabilitado, el día 4.5.1995, en el río Ulla.Art. 35.17º, de la Ley 7/1992 de pesca fluvial.Art. 34 y 35 de la Ley 7/1992 de pesca fluvial500.001 ptas. e inh. para obtener la licencia de pesca durante 1 año y 1 día

5722