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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 164 Lunes, 28 de agosto de 1995 Pág. 6.641

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

RESOLUCIÓN de 28 de julio de 1995 por la que se convocan 130 becas del Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape).

Dentro del plan de actuaciones del Igape para 1995, figura el programa de BECAS 95, cuya convocatoria se enmarca dentro de las funciones genéricas atribuidas a este instituto por su ley de creación. Este programa procura la continuidad de la línea de promoción del primer empleo de posgraduados, ofreciendo además otras posibilidades a aquellos jóvenes universitarios interesados en continuar su formación o realizar actividades de investigación.

A tal fin, el Igape convoca 130 becas en las siguientes modalidades:

1. Becas contratos en prácticas.

2. Becas de promoción y apoyo a las Pymes.

3. Becas de investigación.

BASES

Primera.-Normas comunes.

1. Requisitos.

Serán requisitos comunes a los solicitantes de cualquiera de las modalidades de beca o becas de trabajo los siguientes:

A) Ser nacional de un país miembro de la Unión Europea.

B) Tendrán que cumplir alguna de las siguientes condiciones:

-Tener vecindad administrativa en Galicia.

-Ser natural de Galicia.

-Ser hijo de emigrantes gallegos en el exterior.

C) No padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el cumplimiento de sus labores como becario.

D) No estar obligado a realizar el servicio militar o prestación social sustitutoria durante el período de disfrute de la beca. Esta condición deberá justificarse fehacientemente en el momento de presentar la solicitud.

E) No haber sido separado del servicio de ninguna Administración pública como consecuencia de expediente disciplinario.

F) Estar en posesión de una titulación universitaria de algún país miembro de la Unión Europea (superior o media) o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes que habiliten para el ejercicio profesional, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

En caso de títulos expedidos por centros extranjeros no pertenecientes a la Unión Europea, será preciso que estén homologados por el Ministerio de Educación y Ciencia antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

2. Número.

En caso de que no se cubra el número total de becas ofertadas para una modalidad, las vacantes pasarán a incrementar el número de becas de las modalidades restantes en función de la demanda existente.

3. Instancias.

El modelo de instancia para los titulados será único, según anexo II. Se podrá optar a una o más modalidades de beca, pero sólo se adjudicará una beca por solicitante, de tal manera que en cuanto un candidato resulte seleccionado para una de las modalidades, se eliminará su solicitud en aquellas otras a las que se hubiera presentado.

A efectos del párrafo anterior, se entiende que aquellas personas que optaron por una beca según la Orden de 10 de abril de 1995 por la que se establece el programa de ayudas para la mejora de la competitividad en las empresas, quedan excluidos, de tal forma que, si les fuere concedida una beca de las indicadas, no podrán optar al resto.

4. Lugar de presentación.

En el Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape), en cualquiera de sus oficinas de:

A. Santiago de Compostela: c/ Fray Rosendo Salvado, 16-bajo. C.P. 15701.

B. Ferrol: Península de A Cabana s/n. C.P. 15590.

C. Vigo: c/ Príncipe, 43-2º E. C.P. 36202.

O bien según lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

5. Financiación.

El importe total de las becas no sobrepasará de doscientos sesenta y siete millones doscientas mil pesetas (267.200.000 ptas.), estimando que se financiarán a cargo del presupuesto de 1995 ciento un millones quinientas mil pesetas (101.500.000) y con cargo al presupuesto de 1996 ciento sesenta y cinco millones setecientas mil pesetas (165.700.000 ptas).

Segunda.-Normas específicas.

TÍTULO I

Becas contratos en prácticas

1. Objeto.

El objeto de estas becas es el de atender las necesidades de ampliar los conocimientos prácticos y ayudar a encontrar el primer empleo a recién titulados universitarios con escasa experiencia profesional, perfeccionando sus conocimientos y ayudándolos a su integración en pequeñas y medianas empresas, al mismo tiempo que se fomenta el empleo.

2. Duración.

La duración de este tipo de becas se establece en 12 meses, a partir de la fecha de la firma del contrato.

3. Número y tipo.

3.1. Número.

Se establece un máximo de 100 becas, que se regirán, en cuanto al tipo y modalidad de la relación laboral, por lo dispuesto en el Art. 3, apartado 1º del R.D.L. 18/93, del 3 de diciembre, o cualquier otra modalidad contractual que beneficie al trabajador, previa autorización del Igape.

3.2. Tipo de becas.

A) Becas de régimen general: 80 becas destinadas a las Pymes que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma gallega y que cuenten con un mínimo de tres trabajadores fijos. Este requisito no será necesario en las empresas de nueva creación, entendiendo por estas las que no tengan más de un año de antigüedad.

B) 20 becas para adjudicar a asociaciones y entidades representativas de los sectores o subsectores empresariales.

4. Empresas beneficiarias.

A) Podrán solicitar este tipo de beca las empresas o entidades señaladas en el apartado 3.2.A y B de este título.

B) Cada una de las empresas seleccionadas sólo tendrá opción a la adjudicación de un becario, excepto las entidades y asociaciones más representantivas gallegas de sectores o subsectores empresariales que podrían ser dos por cada una de ellas.

C) No tendrá ningún efecto la petición de una persona en concreto.

D) El cumplimiento, en su caso, de la existencia de un mínimo de tres trabajadores fijos, se acredita adjuntando a la solicitud fotocopia compulsada del último TC2 de la empresa.

E) El empresario tendrá que pagar al trabajador como mínimo 1.550.000 ptas. brutas al año, siendo la seguridad social de la empresa a cargo exclusivo de esta y con el grupo de cotización en la Seguridad Social 01 para licenciados y 02 para diplomados.

En caso de convenios inferiores en el que el 100% del salario correspondiente a su categoría profesional sea inferior a esta cantidad, la empresa podrá optar por pagarle al trabajador el 100% del salario que le corresponde por categoría y convenio, reduciéndose el importe de la beca en la misma cuantía proporcional que resulte de la minoración anterior. En este caso también la seguridad social de la empresa será a cargo de esta.

5. Titulados.

Podrán presentar su solicitud las personas que reúnan los requisitos enumerados en la base 1ª de esta convocatoria y además:

A) Obtener el título del que se trate después del 30.06.92, interrumpiendo el cómputo en la misma medida que su permanencia en filas o prestación social sustitutoria (si ese fuese el caso).

B) No tener 30 años cumplidos en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

C) No haber desempeñado con anterioridad ningún trabajo profesional para el que se requiriese la misma titulación que se exige en esta convocatoria, en virtud de cualquier tipo de contrato laboral de duración igual o superior a 12 meses.

6. Cuantía.

La cuantía de este tipo de beca se establece en 1.550.000 ptas.

Esta cifra será la cuantía máxima que el Igape abonará a la empresa, sin perjuicio de lo ya establecido en el apartado 4.E de este título, siendo siempre la seguridad social de la empresa a cargo de esta.

La jornada de trabajo pactada en el contrato tendrá que ser la jornada completa, salvo casos excepcionales de empresas que, con carácter general, tengan establecida una reducción de jornada para la mayoría de los trabajadores de la empresa. En este último caso, el importe de la beca se reducirá en la misma proporción que la reducción de la jornada.

7. Solicitudes y plazos de presentación.

7.1. Solicitudes.

Las empresas tendrán que indicar una titulación preferente y otra titulación alternativa por si no fuese posible adjudicar la preferente.

Tanto las empresas como los titulados tendrán que presentar su solicitud conforme los modelos normalizados que figuran como anexos I, II, III y IV de esta convocatoria, en los plazos que más adelante se detallan, junto con la documentación (original o fotocopia compulsada), que acredite todos los pormenores exigidos en la convocatoria y que para la modalidad de becas de trabajo en prácticas se concreta en:

A) Para los titulados:

1) Fotocopia del DNI o del pasaporte.

2) Fotografía con el nombre del interesado al dorso.

3) Currículum vitae (según anexo III).

4) Título universitario o certificado de haber pagado las tasas para la obtención del mismo.

5) Expediente académico, expedido por el centro o institución donde el candidato haya efectuado sus estudios.

6) Acreditación de la vecindad administrativa en Galicia, de ser natural de Galicia o hijo de emigrantes gallegos en el exterior.

7) Documento justificativo de no tener obligación de realizar el servicio militar o la prestación social sustitutoria durante el período de disfrute de la bolsa.

8) Declaración jurada de no estar separado del servicio de cualquier Administración pública.

9) En el caso de que en el baremo de autoevaluación se otorgue algún punto tendrá que ser debidamente justificado con el correspondiente certificado.

B) Para las empresas.

1) Certificado de estar al corriente en los pagos a la Seguridad Social y obligaciones tributarias.

2) TC2 de la empresa, correspondiente al mes anterior al que presenta la solicitud.

3) Copia del convenio colectivo de la empresa o del sector.

4) Declaración jurada de ayudas recibidas del Igape en años anteriores (93/94), según anexo IV.

7.2. Plazos.

Empresas:

Las empresas tendrán un plazo de 15 días para presentar sus solicitudes, desde el día siguiente de la publicación en el DOG de esta orden.

Dentro de los cinco días siguientes a la finalización del plazo de solicitudes se publicará una lista, en las dependencias del Igape, de empresas admitidas y anuladas para la selección, estableciéndose un plazo de cinco días, desde la publicación de dicha lista, para presentar cualquier reclamación, subsanación o aportación de documentación.

A los cinco días de finalizar el plazo de reclamación, subsanación o aportación de documentación, se publicará la lista definitiva de empresas admitidas con la titulación y especialidad solicitada y la lista de empresas suplentes.

Titulados:

Los titulados podrán presentar sus solicitudes, siempre que su titulación fuese solicitada por las empresas, desde el mismo día de la publicación en el Igape de la lista definitiva de empresas hasta los 15 días siguientes.

A los diez días posteriores a la finalización del plazo de solicitudes de titulados, se publicarán, en las dependencias del Igape, una lista de instancias anuladas o incorrectas, haciendo constar el motivo, para que en el plazo de 5 días se subsanen dichos errores, en caso contrario, se procederá a la anulación y archivo de la documentación incompleta.

A los cinco días posteriores a la finalización del plazo anteriormente dicho, se publicará una lista definitiva de solicitudes admitidas a selección y otra de instancias anuladas.

No se admitirán las solicitudes de aquellas titulaciones que no fuesen solicitadas por alguna empresa.

Se podrán ampliar estos plazos en caso de no quedar cubiertos los objetivos.

8. Selección de empresas y titulados.

8.1. Selección de empresas.

La selección de empresas corresponde al Igape, y esta se hará teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

a) Número de trabajadores fijos.

b) Expectativas de permanencia del becario en la empresa, una vez finalizado el período de la beca.

c) Percepción de subvenciones o ayudas de organismos públicos para fomento del empleo.

d) Dificultades de acceso al mercado laboral de la titulación solicitada.

e) Utilización de becarios del Igape en años y programas anteriores.

f) Empleo del becario después de la finalización de la beca.

g) Participación de la empresa en actividades formativas e informativas del Igape.

Una vez hecha la selección, se hará una resolución adjudicándole a las empresas seleccionadas el titulado.

8.2. Selección de titulados.

La selección de titulados la hará en primera instancia el Igape, según la titulación, especialidad y el expediente académico (baremo establecido en el apartado 9).

Una vez hecha esta primera selección, se remitirá a cada empresa una relación de becarios compuesta como máximo por 4 becarios por plaza, no siendo nunca inferior a dos becarios por plaza (salvo que sólo existiese una solicitud de becario), con sus correspondientes currículums para que hagan las correspondientes entrevistas de selección, debiendo en el plazo de 15 días devolver esta relación al Igape ordenada según su preferencia. En el caso en que no se remita dicha relación en el plazo anteriormente dicho, se considerará que renuncia al becario.

Si la empresa hubiera optado por una titulación/especialidad para la que no hubiese suficientes becarios, se remitirán los existentes a aquellas empresas que hubiesen entregado antes su solicitud, dando opción a las restantes a cambiar de titulación/especialidad.

El Igape atenderá estas peticiones por estricto orden de entrada en el registro. Las empresas podrán enviar su relación por fax (posteriormente tendrán que remitirla por correo). En caso de empresas que coincida su fecha de registro, tendrá preferencia la que antes presentase su solicitud de becario; si aun así se diera otra vez alguna coincidencia se tendría en cuenta otros aspectos como: número de trabajadores fijos, renuncia de becario en años anteriores, empresa ya subvencionada otros años, etc.

9. Baremo de autoevaluación.

Matrícula de honor: 4 puntos.

Sobresaliente: 3 puntos.

Notable: 2 puntos.

Aprobado: 1 punto.

Reducción al mismo número de materias.

puntuación obtenida x 10

nº de materias

Proyecto fin de carrera, grado o tesina: 2 puntos.

Curso postgrado/Máster (más de 150 h.): 3 puntos.

Doctorado: 4 puntos.

En el caso en que coincidan con las misma puntuación varios seleccionados, se tendrán en cuenta el nivel de conocimientos de informática y de idiomas (que deberán justificarse con el correspondiente certificado).

10. Adjudicación y resolución.

Se procederá a la adjudicación de las bolsas atendiendo a la selección efectuada por la empresa.

No se adjudicará la bolsa a aquellos candidatos que, aún teniendo una buena puntuación (según baremo), no fuesen seleccionados por una empresa.

Una vez seleccionadas las empresas y los becarios, se realizará una resolución conjunta, y se le comunicará a todos los interesados.

11. Formalización de los contratos.

Una vez recibida la notificación por parte del Igape de la adjudicación de la beca, la empresa tendrá que notificarle por escrito al becario el día que tendrá que firmar el contrato; si el becario no se incorpora en el plazo establecido por la empresa perderá los derechos a la beca, entendiéndose que renuncia a la misma. En este caso la empresa tendrá que comunicar por escrito al Igape tal situación.

Los contratos tendrán que ser formalizados y entregados en el Igape con la alta en la Seguridad Social más los datos bancarios de la empresa, dentro de los 10 días siguientes a la comunicación por parte del Igape de la adjudicación del becario. Si no se recibiese esta documentación en el Igape en el plazo anteriormente dicho y sin que mediase ninguna justificación escrita por parte de la empresa, se entenderá que ésta renuncia al becario.

NOTA: En los contratos tendrá que constar la retribución bruta anual y el grupo de cotización de la Seguridad Social debe estar bien claro (01 Licenciados y 02 Diplomados).

12. Régimen de pagos.

Una vez recibidos en el Igape los contratos de trabajo registrados por el INEM, los partes de alta en la Seguridad Social del trabajador, sellados por la Tesorería General de la Seguridad Social y los datos bancarios de la empresa, el instituto abonará el veinte por cien de la beca.

Una vez vencido cada trimestre, la empresa remitirá al Igape copia de las nóminas y de los boletines de cotización a la Seguridad Social correspondiente a los trabajadores que disfruten de la bolsa de trabajo en prácticas y una vez comprobados estos será abonado el veinte por cien de la beca.

Al finalizar el período de la beca, tanto la empresa como el trabajador tendrán que entregar en el Igape copia de las nóminas y de los boletines de cotización a la Seguridad Social correspondientes a los últimos tres meses más una memoria de las actividades realizadas durante el período de la beca, según modelos homologados y entregados por el Igape. Las empresas subvencionadas adjuntarán la documentación citada en el párrafo anterior y una vez recibida y comprobada

en el Igape se le abonará el veinte por ciento correspondiente al útlimo trimestre.

TÍTULO II

Becas de promoción y apoyo a las Pymes

1. Objeto.

El objeto de esta convocatoria es la concesión de 20 becas, para realización de estudios de mercado, búsqueda de oportunidades de negocio, investigación de posibilidades de cooperación internacional de empresas y necesidades de las Pymes, etc., en el ámbito de la promoción comercial, y apoyo a la Pyme mediante la realización de prácticas que complementen la formación académica de los candidatos seleccionados.

2. Duración y residencia.

La duración de la beca se establece en doce meses, a contar desde la fecha de firma del compromiso. Durante dicho período el becario tendrá la obligación de residir en el país o ciudad que se le haya asignado. No obstante, si las actividades programadas por el Igape lo requieren, el becario podrá ser trasladado de ciudad y/o país, temporal o definitivamente.

3. Beneficiarios.

Podrán solicitar becas para el desarrollo de las actividades de promoción comercial las personas que reúnan los requisitos generales indicados en la base primera de esta convocatoria y los específicos siguientes:

A. Declaración jurada de no haber disfrutado de una beca de características similares.

B. Conocimiento de otro idioma (hablado y escrito) a elegir obligatoriamente entre: inglés, francés o alemán, valorándose los conocimientos de otros idiomas.

4. Dotación.

La dotación de cada beca será de 2.500.000 ptas. Esta cantidad podrá ser incrementada hasta un máximo de 1.000.000 ptas. adicional, o su parte proporcional, en el caso de tener que disfrutar de la beca en el extranjero por períodos de larga duración.

Quedan englobadas dentro de la dotación, en su caso, de la beca los gastos originados por:

-La obtención del visado o permiso de residencia exigidos por las autoridades del país de destino.

-La adquisición de los billetes de ida y vuelta en su caso a la ciudad de destino.

-La contratación de un seguro de enfermedad y accidentes por una duración equivalente a la de la beca.

-La obtención de un certificado de buena salud para el normal ejercicio de la beca.

-Vacunas necesarias para el país de destino.

-Cualquier gasto originado para garantizar el buen desarrollo de la beca.

La gestión y la tramitación de dichos servicios los realizará la persona beneficiaria con la supervisión del Igape.

En el momento de aceptación de la beca y firma del correspondiente compromiso de cumplimiento de las normas y obligaciones que se establezcan, el becario percibirá el 30% de la dotación, el 30% se abonará al inicio del primer cuatrimestre, el otro 30% al inicio del siguiente cuatrimestre del período de duración de la beca y el 10% al final.

5. Plazos y documentación.

5.1.Plazos.

Los titulados podrán presentar sus solicitudes desde el día siguiente a la publicación en el DOG hasta el 30-09-95 Podrá ampliarse este plazo en caso de no quedar cubiertos los objetivos.

5.2. Documentación.

Se adjuntará necesariamente a la solicitud originales o fotocopias compulsadas de la documentación siguiente:

A. Fotocopia del DNI o del pasaporte.

B. Una fotografía con el nombre del interesado al dorso.

C. Acreditación de la vecindad administrativa en Galicia, de ser natural de Galicia o hijo de emigrantes gallegos en el exterior.

D. Título universitario o certificado de haber pagado las tasas para la obtención del mismo.

E. Expediente académico, expedido por el centro o institución donde el candidato haya efectuado sus estudios.

F. Documento justificativo de no estar obligado a realizar el servicio militar o la prestación social sustitutoria durante el período de disfrute de la beca.

G. Declaración jurada de no haber disfrutado de una beca de características similares.

H. Declaración jurada de no estar separado del servicio de cualquiera de las administraciones públicas.

I. Indicación del idioma o idiomas de los que se quiere examinar, declarando los niveles de conocimiento que posea y aportando los certificados acreditativos correspondientes para aquellos idiomas que conozca pero de los que opte por no examinarse.

J. Currículum vitae (según anexo III).

K. En el caso en que en el baremo de autoevaluación se otorgue algún punto tendrá que ser debidamente justificado con el correspondiente certificado.

En cualquier momento, el Igape podrá pedir al solicitante la información y la documentación complementarias que considere necesarias para la resolución del expediente.

6. Selección de los aspirantes.

El 10-10-1995 se hará pública, en los centros del Igape indicados en la base primera, una lista de admitidos a selección y se establecerá un plazo de 10 días para las correspondientes reclamaciones. Una vez cerrada la lista, se hará una selección de los aspirantes, según baremo de autoevaluación, que tendrán

que realizar las siguientes pruebas de carácter eliminatorio, tras las cuales se publicará la relación definitiva de aspirantes seleccionados:

A. Prueba de idioma elegido por los aspirantes: inglés, francés o alemán. Se podrán presentar a las pruebas a más de un idioma.

Prueba de sistema productivo gallego y su proyección en el exterior.

B. Los aspirantes que hayan superado las pruebas anteriores serán llamados a una entrevista personal.

Los aspirantes que superen estas pruebas, hasta un máximo de 30 personas, pasarán a realizar un curso de formación, cuya duración será entre 2 y 3 meses, de este curso saldrán definitivamente seleccionados la totalidad de las becas indicadas (20).

Durante el período de duración del curso el Igape abonará 80.000 ptas. al mes o su parte proporcional para financiar, en su caso, manutención, transporte, etc. del curso, siendo el coste del curso asumido por el Igape.

7. Baremo autoevaluación.

Matrícula de honor: 4 puntos.

Sobresaliente: 3 puntos.

Notable: 2 puntos

Aprobado: 1 punto.

Reducción al mismo número de materias.

puntuación obtenida x 10

nº de materias

Proyecto fin de carrera, grado o tesina: 2 puntos.

Curso postgrado/Máster (más de 150 h): 3 puntos.

Doctorado: 4 puntos.

En el caso de que coincidan con las misma puntuación varios seleccionados, se tendrán en cuenta el nivel de conocimientos de informática y de idiomas (que deberán justificarse con el correspondiente certificado).

8. Obligaciones de los becarios.

Las personas beneficiarias deberán dedicarse exclusivamente al objeto de la beca y quedarán sujetas a las siguientes obligaciones:

A. Aceptar y cumplir las normas que establece esta convocatoria, las que se establezcan en la aceptación por escrito de la beca y las instrucciones que durante el período de su vigencia resuelva el Área de Promoción del Igape.

B. Participar en la actividades que el Igape organice para la formación de las personas beneficiarias antes de ocupar su destino.

C. Cumplir las normas de funcionamiento de la entidad donde el becario esté radicado.

9. Propiedad de los trabajos.

Los derechos de propiedad intelectual y explotación de los estudios, informes y otros trabajos que realice

el becario serán propiedad del Igape, que podrá hacer uso de ellos como crea conveniente.

10. Incompatibilidad de la beca.

La concesión de estas becas no implica ninguna vinculación, ni laboral ni administrativa, entre la persona seleccionada y el Igape, ni dará lugar a su inclusión en la Seguridad Social.

Las becas otorgadas no podrán ser simultaneadas con otras becas o ayudas ni con cualquier otro tipo de actividad remunerada.

El Igape podrá comprobar mediante los mecanismos de inspección y de control que considere convenientes las actividades de las personas seleccionadas relativas a la beca concedida.

TÍTULO III

Becas de investigación

1. Objeto y número.

Se convocan 10 becas para posibilitar a los titulados universitarios la realización de proyectos de investigación, preferentemente práctica, en centros de interés para la comunidad gallega, en estudios relacionados con cualquier área de innovación tecnológica-gestión de la empresa, con vistas a una aplicación práctica del resultado de la investigación en las empresas gallegas.

Los proyectos de investigación y centro donde realizarse serán seleccionados por el Igape, conjuntamente con entes representativos de sectores empresariales, universitarios e institutos de investigación y desarrollo de Galicia y otros con los que el Igape establezca convenios.

2. Selección de proyectos y adjudicación de becas.

Las empresas, instituciones universitarias y otras instituciones de investigación y desarrollo de Galicia (incluidos los centros de innovación y Servicio Cis Diseño y Cis Tecnología), presentarán ante el Igape los proyectos de investigación que estimen necesarios y coincidan con el objeto indicado en la base 1ª del título III, mediante solicitud que deberá contener como mínimo:

A) Objeto del trabajo de estudio e investigación, con su repercusión práctica para la empresa gallega.

B) Centro donde debe realizarse el trabajo antes indicado (indicando currículum del mismo, contactos mantenidos y compromiso previo de que aceptarían un becario para desarrollar el proyecto).

C) Perfil del candidato que realizaría el proyecto.

Para seleccionar estos proyectos, el Igape constituirá una comisión, en la que participarán las consellerías sectoriales de la Xunta de Galicia.

3. Solicitudes.

Una vez adjudicados los proyectos, y mediante la publicidad oportuna en diarios de mayor tirada comunitaria, se convocará a los posibles becarios, con 10 días de plazo, que además de cumplir los requisitos

genéricos exigidos en la base primera de esta convocatoria, deberán cumplir con los requisitos específicos indicados en el proyecto aprobado.

La selección del becario se efectuará conjuntamente entre el ente que presentó y se le aprobó el proyecto y el Igape, teniendo en cuenta el currículum de los candidatos, cuantos antecedentes se precisen y obtengan y entrevista personal de los que se consideren más idóneos para desarrollar el proyecto.

De no encontrarse becario idóneo para desarrollar el proyecto, se optará por sustituir dicho proyecto por otro de los presentados y que hubiera quedado sin adjudicar, para lo cual se constituirá de nuevo la comisión e iniciará un nuevo proceso.

5. Plazos.

5.1. Plazo de presentación de proyectos.

Desde el día de publicación en el DOG de esta orden hasta el 30-9-1995.

5.2. Plazo de resolución.

Las becas estarán adjudicadas antes del 15-11-1995. El Igape, podrá ir resolviendo a partir del 15-10-1995, aquellos proyectos claramente definidos.

5.3. Los plazos anteriores podrán ser ampliados de no cubrirse los objetivos perseguidos.

6. Cuantía y duración.

El período de disfrute de la beca será el necesario para desarrollar el proyecto, estableciéndose una duración máxima de un año prorrogable. La prórroga de la beca será potestativa del Igape, a propuesta razonada conjunta del becario y entidad a la que se le aprobó el proyecto según la naturaleza y estado de ejecución del mismo.

El importe de la beca estará en función de su duración, y como máximo será de 2.500.000 ptas./año.

En esta cantidad estarán incluidos todos los gastos necesarios para el disfrute de la beca, a excepción de la matrícula, de ser necesaria, en el centro.

7. Forma de pago.

El 30% del importe total de la beca se abonará al comienzo del disfrute de la misma y el 30% siguiente cuando cumpla el primer cuatrimestre, el otro 30% el siguiente cuatrimestre, una vez recibido informe de actividad del becario se abonará el último 10%.

8. Propiedad de los trabajos de investigación.

Los derechos de propiedad intelectual o industrial que sean inherentes al proyecto de investigación se transmiten en exclusiva al Igape, que podrá hacer uso de ellos como estime conveniente.

9. Justificación y control.

Transcurridos los seis primeros meses de la beca, el becario presentará una breve memoria del desarrollo del proyecto.

Al finalizar la beca, deberá presentarse una memoria completa del proyecto de investigación realizado,

incluyendo en la misma un apartado de resultados y aplicaciones prácticas.

Ambas memorias serán visadas por la entidad que presentó y a la que se le aprobó el proyecto.

Cláusula adicional

Incidencias

1. El Igape resolverá cuantas incidencias se produzcan como consecuencia de la presente convocatoria, antes y después de la incorporación del becario a su destino. En este sentido, el Igape se reserva el derecho a cancelar la beca, incluso obligando a la devolución del importe ya percibido, si el becario, o en su caso, la empresa, incumple cualquiera de las obligaciones contraídas.

2. Si algún becario hubiera presentado su solicitud y esta fue admitida para las becas del programa de ayudas para la mejora de la competitividad en las empresas, convocadas según Orden de 10 de abril de 1995 y publicada en el DOG del 9 de mayo, y concurren las mismas circunstancias, sólo será preciso presentar la solicitud (anexo II), haciendo mención de este pormenor en la misma, dándose por correcto el resto de la documentación e incluso la puntuación obtenida, a efectos de la convocatoria de cualquiera de estas becas.

Si alguna de las condiciones hubiera variado, deberá presentar unicamente la solicitud, escrito indicando las circunstancias que han variado desde la convocatoria indicada y documentación adicional (original o copias compulsadas), que acreditan dicho pormenor.

Santiago de Compostela, 28 de julio de 1995.

José Antonio Orza Fernández

Conselleiro de Economía y Hacienda

9505463