El Consello de la Xunta de Galicia, en su sesión de 20 de julio de 1995, adoptó el acuerdo que, en su parte dispositiva, literalmente dice:
«Se acuerda a propuesta del conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivenda e aceptando el
informe favorable emitido por unanimidad por el Pleno de la Comisión Superior de Urbanismo de Galicia en su sesión de 10 de julio de 1995, aprobar definitivamente el proyecto denominado Modificación Puntual Número 3 del Plan General de Ordenación Urbana de Vigo (Pontevedra) en el terreno colindante a la iglesia de la Inmaculada Concepción del Calvario, que fue aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento de Vigo en su sesión plenaria de 3 de noviembre de 1994.
Notifíquese el presente y publíquese su parte dispositiva con expresión de los recursos legalmente procedentes».
Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos oportunos, advirtiéndose que contra dicho acuerdo, que se transcribe definitivo en vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación recordando que se debe comunicar previamente a esta consellería la referida antedicha interposición conforme al artículo 110.3º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Santiago de Compostela, 20 de julio de 1995.
José Antonio Fernández Vázquez.
Secretario general de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda
95-5403