Vista la propuesta de modificación realizada por el Servicio de Medio Ambiente Natural de A Coruña, por causa de las condiciones de estiaje del río, de la necesidad de estabular ejemplares de reo en el Centro Ictiogénico, del fuerte descenso de capturas y de la solicitud de numerosos pescadores, visto el informe del Comité Ejecutivo Permanente de Pesca de A Coruña, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la Orden de 24 de febrero de 1995, de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Montes por la que se fijan los períodos hábiles de pesca y normas relacionadas con ella en las aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Galicia durante la temporada de 1995, la Dirección General de Montes y Medio Ambienta Natural, resuelve adelantar el cierre de la temporada en el río Sor, del 30 de septiembre al 15 de agosto.
Santiago de Compostela, 8 de agosto de 1995.
Carlos del Álamo Jiménez
Director general de Montes y Medio Ambiente Natural
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