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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 154 Viernes, 11 de agosto de 1995 Pág. 6.403

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

RESOLUCIÓN de 14 de julio de 1995 por la que se anuncia a concurso público, procedimiento abierto, para la contratación de equipos informáticos, para la biblioteca universitaria de la Universidad de Santiago de Compostela.

1. Nombre: Universidad de Santiago de Compostela. Dirección: Rúa Nova, 6, Santiago de Compostela (A Coruña, España), fax (981) 57 13 10.

2. Modalidad de adjudicación: concurso público, procedimiento abierto.

3. Lugar de entrega del suministro: campus universitario de Santiago de Compostela.

4. Objeto del contrato: equipos informáticos para la biblioteca universitaria de la Universidad de Santiago de Compostela (expediente 045/1995).

Los licitadores podrán concurrir a uno, a varios o a la totalidad de los lotes en los que se divide el objeto del contrato.

5. Plazo máximo de entrega: es el recogido en el pliego de prescripciones técnicas.

6. Los documentos para el concurso pueden solicitarse en la Sección de Gestión y Contratación de

la Universidad de Santiago de Compostela, Rúa Nova, 6, 15705 Santiago de Compostela (A Coruña, España).

Fecha límite para solicitar los documentos: 31 de agosto de 1995.

7. La fecha límite para la recepción de las ofertas, 4 de septiembre de 1995.

Dirección a la que deben remitirse los documentos: Universidad de Santiago de Compostela, registro general, Pazo de San Xerome, Plaza del Obradoiro, s/n, 15705 Santiago de Compostela (A Coruña, España), o Polígono de Fingoi, s/n (Facultad de Veterinaria) 27002 Lugo (España).

Las ofertas deben redactarse en español o gallego.

8. Las ofertas se abrirán en sesión pública.

La apertura de ofertas tendrá lugar a las 13 horas, en la sala de juntas de la Casa de la Balconada, Rúa Nova, 6, Santiago de Compostela (A Coruña, España), el día 7 de septiembre de 1995.

9. El importe de licitación de la totalidad de los lotes: treinta y tres millones de pesetas (33.000.000 de ptas.) IVA y demás gastos incluidos.

10. Garantías.

-Garantía provisional: 2% del importe de licitación correspondiente al lote/s a que se concurra.

-Garantía definitiva: 4% del importe de licitación correspondiente al lote/s de los que resulte adjudicatario.

11. Modalidades esenciales de financiación y pago: las previstas en la legislación de contratos de las administraciones públicas, en el Reglamento de contratación de la Universidad de Santiago de Compostela y en el pliego de cláusulas administrativas particulares.

12. Las agrupaciones deberán reunir los requisitos previstos en el artículo 24 de la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de contratos de las administraciones públicas (BOE del 19 de mayo de 1995).

13. La capacidad de obrar se acreditará de acuerdo con lo dispuesto en el pliego de cláusulas administrativas particulares.

14. La solvencia económica y financiera se acreditará por:

-Informe de instituciones financiera o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.

-Tratándose de sociedades, presentación de balances, en el supuesto de que la publicación de los mismos sea obligatoria en los estados en donde aquellas se encuentren establecidas.

-Declaración relativa a la cifra de negocios global y de las obras, suministros, servicios o trabajos realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios.

Si por razones, que se deben justificar, un empresario no puede facilitar las referencias solicitadas,

podrá acreditar su solvencia económica y financiera por cualquiera otra documentación considerada como suficiente por la Universidad de Santiago de Compostela.

En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrá tener en cuenta a las sociedades pertenecientes al grupo, a los efectos de acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o de la correspondiente clasificación, en su caso, de la persona jurídica dominante, siempre y cuando ésta acredite que tienen efectivamente a su disposición los medios de dichas sociedades necesarios para la ejecución de los contratos.

15. La solvencia técnica se acreditará por:

-Relación de los principales suministros efectuados durante los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y destino público o privado, a la que se incorporarán los correspondientes certificados sobre las mismas.

-Descripción del equipo técnico, medidas empleadas por el suministrador para asegurar la calidad y los medios de estudio e investigación de la empresa.

-Indicación de los técnicos o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente de aquellos encargados del control de calidad.

-Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar.

-Certificaciones establecidas por los institutos o servicios oficiales u homologados encargados del control de calidad y que acrediten la conformidad de artículos bien identificados con referencia a ciertas especificaciones o normas.

-Control efectuado por la Administración, o en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el cual el empresario está establecido, siempre que medie acuerdo de dicho organismo, cuando los productos a suministrar sen complejos o a título excepcional deban responder a un fin particular, este control versará sobre las capacidades de producción y, si fuera necesario, de estudio e investigación del empresario, así como sobre las medidas empleadas por este último para controlar la calidad.

16. Para la adjudicación del contrato se seguirán los criterios previstos en los pliegos de prescripciones técnicas y de cláusulas administrativas particulares.

17. Fecha de envío del anuncio al Diario Oficial de las Comunidades Europeas: 14 de julio de 1995.

Santiago de Compostela, 14 de julio de 1995.

P.D. (14-2-1995)

Manuel Castro Cotón

Vicerrector de Asuntos Económicos

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