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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 153 Jueves, 10 de agosto de 1995 Pág. 6.362

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 24 de julio de 1995 por la que se resuelve la convocatoria de becas de especialización de titulados superiores en el campo de la investigación marina.

Por Orden de 23 de enero de 1995 (DOG del 17 de marzo) se convocaron becas de especialización de titulados superiores en el campo de la investigación marina.

Por resolución de la Dirección General de Formación Pesquera e Investigación del 21 de junio de 1995 (DOG del 7 de julio), y de conformidad con la base sexta.4, se hizo pública la relación provisional de beneficiarios de las mencionadas becas. En el apartado segundo de dicha resolución se fijaba un plazo de diez días contados a partir del siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia con el fin de que los interesados, en su caso, formulasen las reclamaciones oportunas.

Finalizado este plazo y estudiadas las reclamaciones presentadas, esta consellería de acuerdo con la propuesta de resolución elaborada por la comisión de selección de las becas de especialización de titulados superiores en el campo de la investigación marina,

DISPONE:

Artículo 1º.-Se acuerda concederles una beca de especialización de titulados superiores en el campo de la investigación marina a las personas que a continuación se relacionan. Los beneficiarios aparecen ordenados por orden decreciente según la puntuación obtenida:

ApellidosNombreDNIPtos.

Moroño MariñoÁngeles35.455.1923,38
Lastres CoutoMiguel Ángel35.308.560-H3,37
Longa PortabalesMª Ángeles36.083.326-Y3,26

Artículo 2º.-Los becarios deberán formalizar su adscripción en un plazo de diez días desde la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, de no hacerlo perderán la beca y se procederán a cubrir las vacantes con los suplentes nombrados por la Comisión de Selección.

Artículo 3º.-La inobservancia por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la orden de la convocatoria de 23 de enero de 1995 supondrá la pérdida del derecho a percibir la ayuda correspondiente.

Artículo 4º.-La presente disposición pone fin a la vía administrativa según lo dispuesto en el artículo 109 c/ de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 24 de julio de 1995.

Juan Caamaño Cebreiro

Conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura

9505393