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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 152 Miercoles, 09 de agosto de 1995 Pág.

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 27 de julio de 1995, por la que se clasifica como cultural la Fundación O Grelo (Amigos de Galicia).

Visto el expediente de clasificación de la Fundación O Grelo (Amigos de Galicia) con domicilio en la calle Otero Pedrayo, 47-49 entresuelo 27003 Lugo.

Supuestos de hecho.

1. Que Jesús Busto Peteiro , en representación de la fundación, en escrito de 10 de julio de 1995, formuló solicitud de clasificación para efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. Que la fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Pontevedra, el día 30 de junio de 1995 ante el notario de esta ciudad, César Cunqueiro González-Seco, con el número mil cuatrocientos cincuenta y siete de su protocolo, por Jesús Busto Peteiro, Jesús Lombardía Lorenzo, Jesús Vaamonde Polo, José Peteiro García, José-Luis Vázquez Pérez, Luis Rial Suárez, Blanca-Coromoto Gómez Méndez, José-María Lombardero Iglesias, y Antonio Míguez Monroy.

3. Que, según consta en el artículo 6 de sus estatutos el objeto de la fundación es promocionar el idioma gallego: sus letras, sus artes, su cultura y ayudar a escritores, pintores etc. Promocionar los productos gallegos y en especial, su gastronomía. Y ayudar de una forma especial a los gallegos que en la emigración pasan necesidades económicas sin olvidarse de los que viven en Galicia. Patrocinar premios que estimulen estos fines.

4. Que el patronato de la fundación estará constituido por Jesús Busto Peteiro como presidente, José-María Lombardero Iglesias como vicepresidente, José-Luis Vázquez Pérez como secretario, Luis Rial Suárez como tesorero, Luis Rial Suárez y Jesús Vaamonde Polo como portavoces, Jesús Lombardia Lorenzo, Blanca-Coromoto Gómez Méndez y José Peteiro García como vocales.

5. Que la comisión integrada por los secretarios generales de todas las Consellerías elevan al conselleiro de la Presidencia y Administración Pública propuesta de clasificación como cultural de la Fundación O Grelo (Amigos de Galicia), dado su objeto y finalidad, por lo que, cumplíendose los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y segun establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como cultural y su adscripción a la Consellería de Cultura.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia ( Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

Fundamentos de derecho.

1. Que el artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y que el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por lo que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. Que, a la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias, establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 26 de julio de 1995.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como cultural a la Fundación O Grelo (Amigos de Galicia), adscribiéndola a la Consellería de Cultura que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 27 de julio de 1995

Dositeo Rodríguez Rodríguez

Conselleiro de la Presidencia y Administración Pública

9505553