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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 151 Martes, 08 de agosto de 1995 Pág. 6.322

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MONTES

RESOLUCIÓN de 5 de junio de 1995, de la Delegación Provincial de Lugo, de notificación del acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador de pesca de los expedientes números P-8/95, P-52/95, P-53/95, P-55/95, P-56/95, P-108/95 y P-163/95, devueltos por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan que con esta fecha he resuelto publicar el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial de Galicia (DOG nº 151, de 5 de agosto de 1993), por no ser posible la notificación a través del servicio de correos.

Se nombra instructor del procedimiento a José Ángel Madarro Río, funcionario de esta delegación; pudiendo ser recusado en cualquier momento del expediente de concurrir los supuestos legales.

Los interesados dispondrán de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para aportar, por escrito, cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de pruebas consideren convenientes en defensa de sus derechos.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de 4 de agosto de 1993, de no efectuarse alegaciones en el plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose a estos efectos el importe de la sanción.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. Para efectuarlo, deberá utilizarse los impresos normalizados que serán facilitados en la Delegación Provincial de Lugo, Ronda de la Muralla, 134.

Lo que se les comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9 de agosto de 1993).

-Expediente nº: P-8/95.

Denunciado: Salvador Platas Ferreiros.

Domicilio: Casas Sindicales, 17 - Lugo.

Hecho denunciado: dedicarse al deporte de la pesca en tramo de río acotado, en época de veda, careciendo de licencia y de permiso de coto, habiendo pescado una trucha.

Precepto sancionador: 34.1, 34.8 y 34.10.

Sanción: 75.000 ptas. de multa, 1.000 ptas. de indemnización y un año de inhabilitación para obtener la licencia de pesca.

-Expediente nº: 52/95.

Denunciado: Mario Abel Platas Ferreiros.

Domicilio: Casas Sindicales, 60-1º - Lugo.

Hecho denunciado: dedicarse al deporte de la pesca en tramo de río acotado, en época de veda, careciendo de licencia y de permiso de coto, habiendo pescado una trucha.

Precepto sancionador: 34.1, 34.8 y 34.10.

Sanción: 100.000 ptas. de multa, 1.000 ptas. de indemnización y un año de inhabilitación para obtener la licencia de pesca.

-Expediente nº: P-53/95.

Denunciado: Mario Abel Platas Ferreiros.

Domicilio: Casas Sindicales, 60-1º - Lugo.

Hecho denunciado: dedicarse al deporte de la pesca en tramo de río acotado, en época de veda, careciendo de licencia y de permiso de coto, y usando cebos de uso no permitido.

Precepto sancionador: 34.1, 34.8, 34.14 y 34.10.

Sanción: 150.000 ptas. de multa y un año de inhabilitación para obtener la licencia de pesca.

-Expediente nº: P-55/95.

Denunciado: Mario Abel Platas Ferreiros.

Domicilio: Casas Sindicales, 60-1º - Lugo.

Hecho denunciado: dedicarse al deporte de la pesca, en época de veda, careciendo de licencia de pesca y usando cebo de uso no permitido.

Precepto sancionador: 34.1, 34.8 y 34.14.

Sanción: 150.000 ptas. de multa, 1.000 ptas de indemnización y un año de inhabilitación para obtener la licencia de pesca.

-Expediente nº: P-56/95.

Denunciado: Marco Antonio Vigo Platas.

Domicilio: Avenida da Coruña, 148-2º - Lugo-27003.

Hecho denunciado: dedicarse al deporte de la pesca en época de veda, careciendo de licencia de pesca y usando cebo de uso no permitido.

Precepto sancionador: 34.1, 34.8 y 34.14.

Sanción: 150.000 ptas. de multa y un año de inhabilitación para obtener la licencia de pesca.

-Expediente nº: P-108/95.

Denunciado: Luis Manuel García Alonso.

Domicilio: Benito Blanco Rajoy, 9-11 D - A Coruña-15006.

Hecho denunciado: pescar en tramo compartido con la Comunidad Autónoma de Asturias.

Precepto sancionador: 33.9.

Sanción: 25.000 ptas. de multa.

-Expediente nº: P-163/95.

Denunciado: Miguel Ángel Hermida Surribas.

Domicilio: Lugar Senra-Piñor de Cea, Ourense.

Hecho denunciado: dedicarse al deporte de la pesca careciendo de licencia.

Precepto sancionador: 34.1.

Sanción: 50.001 ptas. de multa y un año de inhabilitación para obtener la licencia de pesca.

Lugo, 5 de junio de 1995.

José Ramón Molinero Senovilla

Delegado provincial de Lugo

95-5468