Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 149 Viernes, 04 de agosto de 1995 Pág. 6.237

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

RESOLUCIÓN de 21 de julio de 1995, de la Dirección General de Universidades e Investigación, por la que se adjudican las ayudas para la realización de proyectos de investigación convocadas en el anexo I a la Orden de 17 de febrero de 1995 (DOG del 27 de febrero).

La orden de 17 de febrero de 1995 (DOG del 27 de febrero), por la que se aprueban las bases que regirán las convocatorias de ayudas y becas correspondientes a la promoción general de conocimiento prevé, en su anexo I, la concesión de ayudas para la realización de proyectos de investigación.

En su virtud, de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria y atendiendo a la propuesta elaborada por la Comisión de Selección de Política Científica creada por el Decreto 160/1991, de 16 de mayo (DOG del 28 de mayo) y orden de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 27 de julio de 1994 (DOG del 10 de agosto), esta dirección general,

RESUELVE:

Primero.-Conceder las ayudas para la realización de proyectos de investigación por parte de nuevos equipos (equipos de iniciación a la investigación) a los solicitantes que se citan en el anexo I da presente orden, en la cuantía que se señala.

Segundo.-Conceder las ayudas para la realización de proyectos de investigación por parte de equipos

consolidados a los solicitantes que se relacionan en el anexo II de la presente orden, en la cuantía que se señala.

Tercero.-La Dirección General de Universidades e Investigación adoptará las medidas necesarias para la instrucción de los correspondientes expedientes de gasto.

Cuarto.-La inobservancia por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la orden de convocatoria de 17 de febrero de 1995, supondrá la pérdida del derecho a percibir la subvención correspondiente.

Quinto.-Contra la presente resolución se podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de la presente resolución en el DOG, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes da Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Disposición final

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 21 de julio de 1995.

José Manuel Touriñán López

Director general de Universidades e Investigación

5342